SanMartín devuelve 7,9 millones a "los Albertos" tras absolución caso Urbanor
Los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer han recibido 7,93 millones de euros de su socio en Urbanor Julio SanMartín como parte de la devolución de la indemnización de 25 millones que pagaron por el caso Urbanor y que tienen derecho a recuperar al haber sido absueltos por el Tribunal Constitucional.
En una diligencia de constancia fechada el pasado 12 de febrero, la Audiencia Provincial de Madrid, que se encarga de ejecutar las consecuencias de la sentencia absolutoria de "los Albertos", confirma la devolución de esa cantidad por parte de 25 miembros de la familia SanMartín y ordena que se requiera el pago de los 16,67 millones restantes, que adeuda principalmente Pedro Sentieri.
En concreto, Sentieri debe 9,38 millones de euros, mientras que Francisco Castelló adeuda 5,21 millones y Luis García Alarcón, 2,1 millones.
Según fuentes jurídicas, la Audiencia Provincial de Valencia requirió la semana pasada a los tres afectados -que interpusieron inicialmente la querella contra "los Albertos"- para que en el término de quince días devuelvan las cantidades "bajo apercibimiento expreso de su exacción por la vía de apremio", lo que podría suponer el embargo de dichas cantidades si no se hicieran efectivas.
En una diligencia de constancia fechada el pasado 12 de febrero, la Audiencia Provincial de Madrid, que se encarga de ejecutar las consecuencias de la sentencia absolutoria de "los Albertos", confirma la devolución de esa cantidad por parte de 25 miembros de la familia SanMartín y ordena que se requiera el pago de los 16,67 millones restantes, que adeuda principalmente Pedro Sentieri.
En concreto, Sentieri debe 9,38 millones de euros, mientras que Francisco Castelló adeuda 5,21 millones y Luis García Alarcón, 2,1 millones.
Según fuentes jurídicas, la Audiencia Provincial de Valencia requirió la semana pasada a los tres afectados -que interpusieron inicialmente la querella contra "los Albertos"- para que en el término de quince días devuelvan las cantidades "bajo apercibimiento expreso de su exacción por la vía de apremio", lo que podría suponer el embargo de dichas cantidades si no se hicieran efectivas.
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