El Fondo de Garantía puede comprar activos dañados o no rentables de las cajas para su viabilidad
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) puede adquirir "activos dañados o no rentables" que figuren en el balance de una caja de ahorros en situación de crisis, así como suscribir emisiones de cuotas participativas, en casos "excepcionales" en los que la situación de una entidad de crédito sea tal "que haga previsible que el fondo quede obligado al pago" de la garantía de los depósitos, establecida en 100.000 euros por titular y entidad. El vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, se mostró ayer partidario de que el Fondo de Garantía de Depósitos sirva de instrumento para ayudar a entidades en situaciones complicadadas, en caso de que fuera necesario. Solbes explicó que existe una "tradición histórica" en España de recurrir al Fondo más allá de su función de salvaguardar los intereses de los depositantes en sentido estricto, aunque no hizo ninguna mención expresa a las recapitalizaciones públicas.
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