El Tesoro podría permitir a las entidades acogerse a avales con cargo a los Presupuestos Generales de 2009 si la situación de los mercados lo exige. En este caso, la medida se adoptaría en consenso con el principal partido de la oposición.

Los avales pueden ser solicitados por una entidad individual o un grupo consolidado residente en España y que hayan realizado emisiones en el mercado en los cinco años anteriores a la medida.


El plazo de las emisiones será de entre tres meses y tres años y aunque se contempla la posibilidad de realizar emisiones para cinco años, el Tesoro no cree que se realizarán emisiones tan a largo plazo.

Los avales se asignarán entre las entidades que cumplan los requisitos y según la cuota estipulada. El aval del Tesoro se ejecutará cuando se produzca el impago por parte de la entidad y en caso de que el Estado no pueda recuperar el importe prestado podrá acogerse a su derecho de resarcimiento, pero en ningún caso el impago conllevará que la entidades pasen a manos del Gobierno.

El Estado aplicará comisiones a cada una de las emisiones que realicen las entidades, que deben se devengarán de la emisión y se cobrarán "íntegramente" en el momento de realizarla.

En concreto, para emisiones con vencimientos inferiores a un año, la comisión anual será fija, del 0,5% y para vencimientos superiores a un año, se aplicará la comisión fija de 0,5% más otra variable, que varía en función de los CDS (credit default swap) y de los ratings.