En el caso de los 'SMS Premium', el nuevo código de conducta garantiza que la publicidad de estos servicios sea legible y obliga a los prestadores de servicios a enviar al usuario un SMS en el que le informe de su precio y de la identificación de la empresa responsable, en caso de que el cliente lo requiera, o previo a la contratación si el precio del servicio es superior a 1,20 euros --SMS de suscripción o para adultos--, con lo que sólo si el usuario lo acepta expresamente podrá prestarse el servicio.

Por su parte, los programas de televisión que utilizan los números 905 deberán cumplir con la normativa sobre publicidad del mencionado código para los servicios de voz a través de la tarificación adicional. En este caso, la nueva regulación prohíbe los números con tarificación adicional para los servicios de atención al cliente o posventa, vinculados a la adquisición de bienes o servicios.

Este código entrará en vigor tres meses después de que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) asigne los nuevos números 905.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio explicó que el "eventual incumplimiento" de las obligaciones de esta normativa podrá denunciarse y, si se constata que ha habido incumplimiento, supondrá la retirada al prestador del servicio del número con el que haya cometido la infracción.

La vigilancia del control del cumplimiento del Código corresponde a la Comisión de Supervisión de Servicios de Tarificación Adicional.

PROTECCIÓN A LOS MENORES Y REGULACIÓN DE CONCURSOS


La Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, representada por la Administración del Estado, las asociaciones de consumidores, los operadores de telecomunicaciones y los prestadores de servicios, incorpora además normas específicas para la protección de los menores, así como un regulación especial sobre concursos y servicios de suscripción.

En concreto, el código establece horarios específicos para la publicidad y el funcionamiento de servicios dirigidos a menores. Se establecen también unos horarios determinados en servicios dirigidos a adultos, en línea con la regulación de los espacios televisivos.

Además, se regulan las publicaciones en que puede aparecer publicidad de servicios para menores o para adultos.

Con respecto la regulación específicas para concursos, éstos deberán contar con las correspondientes bases depositadas ante notario. De esta forma, si un voto o una participación de un concursante se recibe fuera de horario, sólo se le podrá facturar el importe de un SMS de texto, sin la parte de tarificación adicional correspondiente al hecho de votar.

Asimismo, en los programas de televisión deberá figurar en la pantalla en todo momento su precio además de la identificación del prestador de servicio mientras que se anuncie el número telefónico para participar.