En definitiva….
 
·         El año 2014 que acabamos de empezar es un año de grandes retos para el sector bancario.
·         Y este cambio institucional (ECB asumiendo la supervisión), que supone el germen de la unión bancaria, se producirá en un contexto de profundas modificaciones en el marco regulatorio de la actividad bancaria.
·         Como saben, desde principios de este año, se aplican ya en la Unión Europea las nuevas normas de solvencia, conocidas como Basilea III, que se han incorporado a la legislación mediante una Directiva y un Reglamento sobre requerimientos de capital.
·         El Comité de Basilea de Supervisión Bancaria está trabajando en la definición y adecuada parametrización de nuevos requerimientos de liquidez que complementen a los requisitos de solvencia
·         Una tarea que será acometida en el futuro próximo es el perfeccionamiento de las herramientas actuales de medición y cobertura del riesgo en los balances bancarios. En concreto, el Comité de Basilea ha constatado la conveniencia de trabajar en la mejora de los métodos de cálculo de los activos ponderados por riesgo y aumentar así su consistencia y homogeneidad.
·         La ratio de apalancamiento, como concepto, se define de forma muy sencilla, como el cociente entre el capital de elevada calidad y la exposición total del banco. La calibración final de la ratio mínima deberá completarse en 2017, con vistas a su inclusión definitiva en las reglas de solvencia en 2018. Esta calibración definirá la interrelación de la ratio con el resto de medidas de solvencia y, en concreto, las condiciones en las que actuará como una restricción vinculante. Estamos, por tanto, aún en una fase de análisis y de calibración.
·         Dicho esto, como demuestra de modo contundente la experiencia, la armonización de las normas de solvencia no es garantía suficiente para asegurar un control homogéneo de la situación patrimonial de entidades localizadas en distintas jurisdicciones
·         De ahí la trascendencia que tiene para Europa la constitución de un mecanismo único de supervisión. Este mecanismo, como primera pieza del proyecto de unión bancaria, resulta esencial para contribuir a la total desaparición de la fragmentación financiera que llegó a amenazar la continuidad del euro y a desactivar el círculo vicioso entre riesgo bancario y riesgo soberano
·         Como saben, la puesta en funcionamiento del mecanismo único de supervisión, el primer pilar de la unión bancaria, se encuentra en una fase muy avanzada, tras la entrada en vigor, hace solo unos días, del Reglamento comunitario que lo constituye. En la actualidad se está desarrollando un intenso trabajo preparatorio que, créanme, está suponiendo un importante reto organizativo
·         Esta evaluación incluirá un ejercicio de revisión contable –con la ayuda de auditores o consultores externos-para analizar la calidad de los activos bancarios (asset quality review) y la posterior prueba de resistencia (estrés test), que se llevará a cabo en colaboración con la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés). En breve, se harán públicas las principales líneas del diseño de estos dos ejercicios, si bien algunos elementos son ya conocidos, como la ratio de capital mínimo que se exigirá en la fase de revisión contable y que se sitúa en el 8% del capital ordinario (CET1), de acuerdo con la definición establecida en el Reglamento comunitario, incluyendo los calendarios previstos de aplicación de las distintas deducciones.
·         El complejo acuerdo alcanzado está aún pendiente de ser aceptado por el Parlamento Europeo, por lo que subsiste incertidumbre sobre el diseño final del mecanismo. Por otra parte, es previsible que el mecanismo nazca con una limitada potencia inicial, pues el fondo único aparece lastrado por un tamaño modesto y una reducida mutualización. Además, de momento, el acuerdo no incluye mecanismos públicos comunes para facilitar la resolución de entidades vulnerables, una vez agotados los fondos privados disponibles