En la nota remitida por S&P, esta agencia de calificación señala que "el programa de garantía español autoriza los vencimientos entre los tres meses y los tres años, o hasta los cinco años en circunstancias excepcionales", para los pagarés y las obligaciones no garantizadas, señala Standard & Poor's en su nota.
La deuda garantizada bajo este plan debe ser emitida antes del 1 de julio de 2009 y la garantía se mantiene hasta su vencimiento.
La agencia de calificación de riesgo añade que el Gobierno aún no ha fijado la fecha límite para el plan de garantía aprobado para los presupuestos de 2009, y que el Ejecutivo no abrirá nuevas líneas de aval bajo el plan de ayuda después del 31 de diciembre de 2009.
Las entidades que reciban el "sello" de calidad del Estado para estas emisiones tendrán que pagar unas comisiones fijas que serán del 0,5% anual para las que tengan un vencimiento inferior a un año más una cantidad variable para las emisiones con vencimiento superior a este plazo.
Las entidades solicitantes deberán cumplir varios requisitos para que se les conceda el aval, como tener una cuota de mercado de al menos el 1 por mil en el mercado del crédito, y la cantidad que reciban irá en función de esa cuota.

