Los desempleados que prueben vínculo laboral en países de UE recibirán prestación
El Tribunal de Justicia de la UE ha determinado hoy que los desempleados que hayan establecido un "vínculo real" con el mercado laboral de un Estado miembro, pueden percibir una prestación económica destinada a facilitar su acceso a un puesto de trabajo. En una sentencia publicada hoy, la Corte con sede en Luxemburgo precisa que, independientemente de su calificación en la normativa nacional, no se trata de una "prestación de asistencia social" que los países "puedan denegar a quienes buscan trabajo". El Tribunal ha analizado una pregunta planteada por una corte alemana sobre la posibilidad de denegar a los solicitantes de empleo de otros Estados miembros determinadas prestaciones económicas.
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