Supremo condena a Ernst & Young a pagar más de 4 millones a afectados de PSV
El Tribunal Supremo ha responsabilizado a la auditora Ernst & Young de los daños que sufrieron los afectados por la quiebra de la cooperativa PSV y ha condenado a la firma, al auditor y la aseguradora a pagar a unos 700 perjudicados más de 4 millones de euros, entre cantidades reclamadas e intereses legales.
En una sentencia fechada el pasado 14 de octubre, a la que hoy ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sostiene que la negligente auditoría realizada por Ernst & Young propició que los cooperativistas ignoraran la situación de PSV y les impidió reaccionar.
La firma ha anunciado que recurrirá la decisión del Supremo porque asegura que "los informes de auditoría no tuvieron relevancia alguna en la toma de decisiones por parte de los gestores o de los propios cooperativistas".
En cambio, el alto tribunal considera que aunque la auditoría no fue la causa principal de que la cooperativa quebrara y no pudiera entregar las viviendas a los socios "contribuyó a ese resultado, pues privó a éstos de la necesaria información sobre la imagen fiel del patrimonio y situación financiera" de la cooperativa.
También sostiene que, en el caso de que hubieran tenido acceso a esa información, "habrían modificado su actitud ante la cooperativa sustituyendo sus periódicos asentimientos sobre las cuentas presentadas por una reacción ante lo que no era más que una gestión social irregular que, de modo irremisible, llevaba a la sociedad a la situación económica causante del objetivo incumplimiento de los compromisos".
En una sentencia fechada el pasado 14 de octubre, a la que hoy ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sostiene que la negligente auditoría realizada por Ernst & Young propició que los cooperativistas ignoraran la situación de PSV y les impidió reaccionar.
La firma ha anunciado que recurrirá la decisión del Supremo porque asegura que "los informes de auditoría no tuvieron relevancia alguna en la toma de decisiones por parte de los gestores o de los propios cooperativistas".
En cambio, el alto tribunal considera que aunque la auditoría no fue la causa principal de que la cooperativa quebrara y no pudiera entregar las viviendas a los socios "contribuyó a ese resultado, pues privó a éstos de la necesaria información sobre la imagen fiel del patrimonio y situación financiera" de la cooperativa.
También sostiene que, en el caso de que hubieran tenido acceso a esa información, "habrían modificado su actitud ante la cooperativa sustituyendo sus periódicos asentimientos sobre las cuentas presentadas por una reacción ante lo que no era más que una gestión social irregular que, de modo irremisible, llevaba a la sociedad a la situación económica causante del objetivo incumplimiento de los compromisos".
Premium Hoy
- Ferrovial activa condición de entrada en la cartera tendencial
- Análisis de las compañías españolas del sector Materiales Básicos, Industria y Construcción
- Dos nuevas incorporaciones al radar de acciones de la cartera tendencial
Últimas Noticias
La tecnología marca el ritmo del mercado en Wall Street... con un nuevo integrante
Dow Jones, S&P 500 y Nasdaq caen al cierre tras la decisión de la Reserva Federal
La Fed mantiene tipos y abre la puerta a una subida en 2026 (sin contar a Warsh)
El Ibex 35, como un cohete: cuarto máximo consecutivo sobre los 19.400 con el respaldo de los bancos
El crecimiento de ingresos no hace a DoorDash una oportunidad de inversión
Top 3
X

