El procedimiento tiene su origen en una denuncia presentada por Endesa en marzo de 2005. El antiguo Servicio de Defensa de la Competencia decidió incoar un expediente sancionador en enero de 2006. La resolución sancionadora establece que la eléctrica incumplió la Ley de Defensa de la Competencia durante el segundo semestre de 2004 y varios días de enero y febrero de 2005.La CNC considera que Iberdrola era consciente de que el precio al que se pagaría su oferta sería superior en el caso de solucionar el problema de restricciones técnicas al que se hubiera pagado mediante una casación del mercado diario. Además, entiende que la eléctrica tenía la seguridad de que se le requeriría para solucionar el problema de restricciones técnicas, ya que su energía era necesaria para satisfacer la demanda de la zona en la que se produjo la infracción.El expediente del organismo de defensa de la competencia establece además que Iberdrola utilizó su grupo de ciclo combinado de Castellón 3 de forma contraria a la ley, lo que generó distorsiones en los precios de la energía eléctrica.Las alegaciones de Iberdrola para justificar esta práctica se refieren a la insuficiencia del precio diario para cubrir los costes de funcionamiento, que le impide rentabilizar la inversión
. El organismo dice haber contrastado este argumento con la situación de otras centrales, y dice que no hay "justificación objetiva para una conducta probadamente abusiva, que ha tenido sobre el mercado un grave efecto de incremento de precios".