El Aumento de Capital fue aprobado por el Consejo de Administración de Banco Sabadell
en reunión celebrada en el día de ayer, al amparo del acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas el 27 de marzo de 2014, en los términos que se resumen a continuación:

A. Importe del Aumento de Capital, tipo de emisión y relación de suscripción 
El Aumento de Capital se efectuará mediante la emisión de un número de acciones nuevas (las “Acciones”) a determinar, si bien no excederá de un máximo de 1.085.510.925 Acciones, con un tipo unitario de emisión de 1,480 euros por Acción, equivalente a la suma de su valor nominal de 0,125 euros más una prima de emisión unitaria de 1,355 euros, a ser desembolsado mediante aportaciones dinerarias (el “Precio de Suscripción”). Los accionistas de Banco Sabadell tendrán derecho de suscripción preferente de las Acciones con una relación de suscripción de 3
Acciones por cada 11 acciones de las que sean titulares (la “Relación de Suscripción”).

El número definitivo de Acciones a emitir será aquel que resulte de multiplicar la Relación de Suscripción por el número total de acciones en circulación con derecho de suscripción preferente (es decir, deduciendo las acciones propias mantenidas por Banco Sabadell en autocartera) en la fecha de su determinación. En consecuencia, el importe definitivo del Aumento de Capital (sin perjuicio de la posibilidad de suscripción incompleta) será el que resulte de multiplicar el número definitivo de Acciones a emitir por el Precio de Suscripción.

El número definitivo de Acciones a emitir (sin perjuicio de la posibilidad de suscripción incompleta) y, por ende, el importe definitivo del Aumento de Capital se determinarán y comunicarán por Banco Sabadell no más tarde del día anterior a la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (“BORME”) del anuncio a que hace referencia el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. 

B. Destinatarios del Aumento de Capital
El Aumento de Capital está destinado a los accionistas de Banco Sabadell –en concreto, a los titulares de acciones de Banco Sabadell que figuren legitimados según los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (“Iberclear”) a las 23:59 horas de Madrid del día de publicación en el BORME del anuncio a que hace referencia el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital– y a aquellos inversores que adquieran derechos de suscripción preferente durante el período de suscripción preferente.

A tales efectos, con carácter previo se registrará en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”) el correspondiente folleto informativo de emisión de conformidad con la normativa de ofertas públicas de suscripción o venta de valores, en el que figurarán los términos y condiciones del Aumento de Capital y el procedimiento de suscripción de las Acciones.

C. Períodos de suscripción y aseguramiento
Está previsto que el período de suscripción preferente tenga una duración de veintiún (21) días naturales a partir del día siguiente a la publicación del anuncio del Aumento de Capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, con posterioridad al registro del folleto informativo por la CNMV. Los derechos de suscripción preferente que no sean ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del referido período. En previsión del supuesto de que no se hubiera cubierto el importe máximo del Aumento de Capital susceptible de suscripción durante el período de suscripción preferente, los accionistas e inversores que ejerciten la totalidad de sus derechos de suscripción preferente durante dicho período podrán, adicionalmente y con carácter firme, incondicional e irrevocable, solicitar simultáneamente al ejercicio de todos sus derechos de suscripción preferente la suscripción de acciones adicionales de Banco Sabadell. Asimismo, si las solicitudes de acciones adicionales no fuesen suficientes para cubrir el importe máximo del Aumento de Capital susceptible de suscripción, las acciones remanentes podrán asignarse discrecionalmente entre inversores cualificados en España (tal y como este término se define en
el artículo 39 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre), y quienes revistan la condición de inversores cualificados fuera de España, según la normativa aplicable en cada país.

Banco Sabadell ha suscrito un contrato de aseguramiento y colocación (el “Contrato de Aseguramiento”), por la totalidad del Aumento de Capital, con Goldman Sachs International, quien actuará como entidad coordinadora global y aseguradora del Aumento de Capital. 

Asimismo, Banco Sabadell actuará como entidad colocadora y agente del Aumento de Capital. El Contrato de Aseguramiento contempla la posibilidad de que, con anterioridad al registro del folleto informativo, otras entidades financieras puedan incorporarse al sindicato asegurador del Aumento de Capital.

D. Derechos de las nuevas acciones
Las Acciones serán acciones ordinarias, pertenecientes a la misma clase y serie que las actualmente en circulación. Estarán representadas mediante anotaciones en cuenta cuyo registro contable está atribuido a Iberclear y sus entidades participantes.

Las Acciones otorgarán a sus titulares el derecho a participar en cualquier reparto de las ganancias sociales que se pague con posterioridad a la fecha de su inscripción en los registros contables de Iberclear, incluyendo el scrip dividend y la retribución complementaria por un importe conjunto de 0,05 euros brutos por acción que el Consejo de Administración de Banco Sabadell acordó el pasado día 29 de enero de 2015 someter a la aprobación de la próxima Junta General de Accionistas (hecho relevante número 217.922).