La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha pedido al Gobierno que el pronunciamiento del Tribunal Supremo "no afecte a la aplicación del descuento por el bono social en la factura de los consumidores más vulnerables, a pesar de haber declarado inaplicable su mecanismo de financiación".

El sistema de financiación que ahora se anula estaba regulado por el Real Decreto Ley 7/2016, de 23 de diciembre, que imponía su coste a las compañías comercializadoras repartiéndolo proporcionalmente en función del número de clientes de la compañía. Otras empresas que participan en el sistema eléctrico, ya sea en la generación o distribución, quedaban excluidas de esta obligación.

En concreto, la sentencia se basa en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que establece que las obligaciones de servicio público, como es el bono social, deben imponerse con carácter general "a las empresas eléctricas" y no a algunas empresas concretas.

En un comunicado, OCU advierte de que son varias las comercializadoras de electricidad que, durante la vigencia de este modelo de bono social, "han estado cobrando una cuota mensual por este concepto y que por tanto deben proceder a su devolución si se confirma, que el Estado les devuelve a ellas esos importes".

OCU también recuerda que, con este pronunciamiento, ya son tres en los que el Tribunal Supremo considera que el mecanismo de financiación establecido por la legislación española es contrario al derecho de la Unión Europea.

Asimismo, lamenta que, a diferencia de lo que se ha realizado en otros sectores como el de telecomunicaciones, "no se haya avanzado en el concepto de designación de operadores con poder significativo de mercado, para la imposición de determinadas obligaciones como puede ser la de financiación del bono social".