MADRID, 04 JUN. (Bolsamania.com/BMS) .- El estatus jurídico del que disfrutará el todavía Rey Don Juan Carlos I cuando abandone la Jefatura de Estado es aún una incógnita, aunque todo apunta a que una ley específica le protegerá con un nivel similar al de los cargos públicos aforados. Fuentes consultadas por ABC aseguran que “no puede volver a tener inmunidad”, como le sucede actualmente. Sin embargo, en Bélgica, Su Majestad el Rey Alberto II, que abdicó hace casi un año, mantiene la inmunidad jurídica.

De momento, los tiempos que se manejan no son oficiales pero apuntan a que el Congreso aprobará la Ley Orgánica que articula la abdicación de Don Juan Carlos el 11 de junio; el Senado lo hará el 17, mismo día en el que el propio Rey la sancionará; y el día 18, coincidirán la publicación en el BOE de la ley con la proclamación como monarca de Felipe VI. En ese momento, Don Juan Carlos dejará de ser Rey y perderá la inviolabilidad y tampoco estará aforado, puesto que la Ley española no contempla el estatus jurídico de un “ex jefe de Estado”.

El Gobierno pretende aprobar un real decreto que establecerá qué tratamiento recibirá el Rey cuando se haga efectiva su abdicación, y se barajan opciones como Rey padre o Conde de Barcelona. Pero lo relevante es su estatus jurídico, para que solo pueda ser juzgado por el Tribunal Supremo. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, explicaba ayer en el Senado a un grupo de periodistas que “las circunstancias que afectan directamente al estatus del Rey una vez que cese de la Jefatura del Estado serán reguladas en su momento por un real decreto”, pero no aportaba más detalles. El Consejo de Ministros previo a la proclamación, si finalmente se celebra el día 18, sería el del viernes 13, la fecha que ayer mencionó el presidente Rajoy como posible para aprobar también la reforma fiscal, aunque el líder del Ejecutivo no descartó que se retrasara al día 20.

Explica El Mundo que no todos los cambios en el estatus de Don Juan Carlos se articularán con el Real Decreto Ley que prepara Moncloa, sino que una idea es establecer una enmienda de los grupos parlamentarios a la Ley Orgánica del Poder Judicial que ya tramitan las Cortes Generales, y en la que ya estaba previsto incluir una protección de aforado para el Príncipe de Asturias y la Reina Sofía, pero ahora habría que incluir a la figura del ex jefe de Estado. En este caso, habría que esperar todo el trámite del Congreso y el Senado, lo que podría conllevar entre seis meses y un año.

Este periodo de tiempo es lo que preocupa, porque durante ese tiempo Don Juan Carlos sería jurídicamente responsable. Por eso el Gobierno podría activar una fórmula de urgencia utilizando a su grupo parlamentario en el Congreso para presentar una proposición de ley que diseñe el aforamiento de Don Juan Carlos.

Como recuerda El Mundo, Don Juan Carlos ha recibido durante su reinado escasas reclamaciones en los tribunales, dos de ellas demandas de paternidad, que se han visto frustradas. En Holanda, Alberto II también se ha visto envuelto en un caso de presunta paternidad extramatrimonial.

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