Félix Abánades, presidente de  Quabit Inmobiliaria,  ha publicado en la CNMV un  hecho relevante en relación con las presiones bajistas generalizadas en los mercados que están afectando a la Bolsa española y, por extensión, a la cotización de las acciones de las compañías inmobiliarias en general, y de Quabit en particular, y con las solicitudes de información recibidas de numerosos inversores.

Félix Abánades

Quabit no ve justificada la caída que ha venido experimentando la acción en las últimas semanas, dado que no se corresponde con el valor actual ni con los fundamentales de la compañía.

La compañía está trabajando intensamente y con absoluta normalidad, dando cumplimiento a los hitos operativos marcados en el Plan Estratégico de Negocio 2017-2022. Quabit ha cerrado el primer semestre de este año reforzando la visibilidad del Plan con la adquisición de nuevos suelos, cumpliendo rigurosamente los objetivos de preventas, lanzando nuevos proyectos residenciales e iniciando las obras de construcción de varias de sus promociones. En esa línea continúa trabajando y nada altera las previsiones de entregas de viviendas y resultados operativos establecidos en el plan de crecimiento y expansión.

En relación con la controversia jurídica sobre el impuesto de las hipotecas y que previsiblemente resolverá el pleno de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo previsto para el 5 de noviembre, confirmar que en nada está afectando a la actividad de la Sociedad, ni desde el punto de vista de la concesión a Quabit de préstamos promotores, ni en la firma de hipotecas de nuestros clientes, en la mayoría de los casos mediante subrogación en los préstamos promotores de cada una de las promociones residenciales (quedando así exentos del pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados). No se advierte efecto material adverso para el patrimonio de Quabit por este cambio jurisprudencial, por cuanto la Sociedad tendría en su caso una posición procesal activa en eventuales reclamaciones de las cantidades que ha satisfecho en concepto del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. En todo caso, no se ha adoptado decisión alguna respecto de la posibilidad de iniciar reclamaciones.

Según Abánades, que al contrario de la controversia que se ha formado sobre el tema del impuesto de las hipotecas: "esto seguro va a incentivar a las entidades bancarias a conceder financiación de préstamo promotor porque el AJD lo paga la inmobiliaria y el comprador final queda exento. Y todo ello lo que va a hacer es incentivar la subrogación de los compradores en la hipoteca de la entidad que ha financiado la promoción. Y así, para asegurarse más clientes finales a largo plazo, la entidad financiera va a incentivar la concesión de préstamos promotores".