La nueva Ley de Defensa de la Competencia, en vigor desde el 1 de septiembre de 2007, incluye una lista de motivos por los que el Gobierno, a través del Consejo de Ministros, podrá modificar la decisión de la CNC por razón de interés general distinta de la defensa de la competencia. Se trata de la defensa y seguridad nacional, la protección de la seguridad o salud públicas, la libre circulación de bienes y servicios dentro del territorio nacional, la protección del medio ambiente, la promoción y el desarrollo tecnológicos, y la garantía de una adecuado mantenimiento de los objetivos de regulación de un sector.Según el Banco de España, la lista de supuestos es "amplia y general, y relativiza el objetivo de defensa de la competencia". Por tanto, el instituto emisor opina que "la nueva ley sigue permitiendo una elevada intervención del Gobierno en el control de concentraciones", si bien reconoce que habrá que esperar a la aplicación de la nueva ley en los próximos años para comprobar "el grado de intervención efectiva del Gobierno en la materia".No obstante, en un análisis de la reforma de la legislación de competencia en España incluida en su boletín mensual, el Banco de España estima que la nueva Ley aporta una "significativa mejora" en la materia según el análisis realizado a partir de los indicadores con que la OCDE evalúa la calidad de las políticas de defensa de la competencia de los distintos países desarrollados.
MAS RECURSOS Y SANCIONES ESTRICTASNo obstante, el organismo que preside Miguel Angel Fernández Ordóñez considera que dichos indicadores de la OCDE "permiten también identificar áreas donde aún es posible una mayor aproximación a las mejores prácticas internacionales de la legislación de defensa de la competencia o de su aplicación".En este sentido, además de a la referida intervención del Gobierno, el Banco de España apunta también que "el aumento de los recursos y del personal de la autoridad de competencia o la aplicación de un régimen de sanciones estricto harían mejorar" los indicadores que elabora la OCDE en cuanto al grado de cumplimiento y régimen de sanciones se refiere.Pese a todo, esta entidad considera que la nueva legislación española de competencia "contribuye a reforzar el entorno competitivo en el que las empresas pueden tomar sus decisiones". Entre los factores positivos destaca la "mayor dosis de independencia que, en su opinión, debería implicar la creación de un organismo único (CNC) y de un nuevo estatuto para su presidente y los consejeros". También alaba la mayor exigencia que la ley incluye en términos de rendición de cuentas y transparencia de las actuaciones de la CNC, aumentando el control parlamentario del organismo, y las modificaciones que impulsarán mayor "agilidad, eficiencia y eficacia a sus procedimientos".El organismo emisor recuerda que "un mayor grado de competencia genera un mayor nivel de producción y de empleo de la economía, así como una reducción de los precios y de los márgenes con que operan las empresas en beneficio de los consumidores", y que además "favorece la incorporación de las tecnologías más eficientes, elevando la productividad y el bienestar de los ciudadanos".