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    Plusvalías en Bolsa

    ¿Qué son las plusvalías en bolsa?

    Las plusvalías en bolsa son el incremento de valor que se produce por la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de valores mobiliarios, siempre y cuando obtengamos una ganancia en dicha diferencia.

    En caso de que la diferencia entre precio de venta y de compras fuese negativa, sería una minusvalía para el inversor. Las plusvalías en bolsa están grabadas por el impuesto de IRPF en función del volumen de las mismas.

    Los inversores pueden compensar plusvalías con minusvalías, siempre y cuando correspondan al mismo periodo temporal, más de un año o menos de un año, es decir si un inversor gana 3.000 euros en acciones de menos de un año, las puede compensar con otra perdida en bolsa de por ejemplo 1.000 euros, siempre y cuando ambas operaciones sean de menos de un año.

    Un inversor nunca podrá compensar plusvalías de un periodo de tiempo diferente a unas minusvalías, por ejemplo, unas plusvalías de más de un año no se pueden compensar con minusvalías de menos de un año.

    Se habla muchas veces de “Plusvalías latentes” al referirse a que un activo va ganando en bolsa, aunque no lo hemos vendido, pero realmente no son plusvalías cómo tal hasta que no se venda el activo. Denominaremos exclusivamente plusvalía en el momento de la venta del activo.

    Fiscalidad

    A la hora de invertir, la fiscalidad es uno de los aspectos sobre los que es recomendable informarse adecuadamente, ya que puede afectar a la rentabilidad final de la inversión. Además, hay que ser consciente de que la fiscalidad puede cambiar a lo largo del tiempo, incluso antes de la liquidación de la inversión.

    A efectos de la tributación de las acciones se deben diferenciar los diversos tipos de rentas que estas generan y que se producen fundamentalmente en dos momentos:

    • Cuando se venden las acciones.
    • Cuando se reciben los dividendos u otro tipo de ingresos como las primas de asistencia a juntas.

    Cuando se venden acciones se puede tener un beneficio o una pérdida en función de la diferencia entre el valor al que se compraron las acciones (valor de adquisición) y el valor al que se venden (valor de transmisión). En el IRPF este resultado se considera ganancia o pérdida patrimonial y se incluye en la base imponible del ahorro en el año fiscal en el que se realiza la venta de las acciones.

    En el caso de acciones cotizadas, para determinar el beneficio o pérdida hay que hacer el siguiente cálculo:

    Valor de transmisión – Valor de adquisición = beneficio o pérdida

    • Valor de transmisión: Precio de venta de las acciones, deducidos los gastos inherentes a la transmisión como, por ejemplo, las comisiones de venta pagadas al intermediario financiero y los cánones bursátiles.
    • Valor de adquisición: Precio de compra de las acciones, sumados los gastos inherentes a dicha adquisición como, por ejemplo, las comisiones de compra y los cánones bursátiles.

    Si se tienen acciones del mismo emisor compradas en diferentes momentos del tiempo y se vende parte de estas acciones se considera que los títulos que se transmiten son los primeros que se compraron. Por tanto, el valor de adquisición que hay que considerar para calcular la ganancia o pérdida patrimonial es el de las acciones más antiguas que se mantienen en cartera (criterio FIFO: First-In, First-Out).

    Es importante saber que si se hacen distintas ventas de acciones y en unas se obtienen beneficios y en otras pérdidas se podrán compensar entre ellas, obteniendo así la base sobre la que se calculará el importe a liquidar.

    Hay una excepción en el proceso de compensación, que es la conocida como “norma anti-aplicación” que establece que no se pueden compensar las pérdidas producidas en una venta si en los dos meses anteriores o posteriores a la venta con pérdidas se han comprado acciones homogéneas y, como consecuencia de ello, el patrimonio ha permanecido constante. Con esta excepción se pretende evitar que los inversores realicen operaciones de venta solo para generar pérdidas a efectos fiscales sin que haya una variación en el patrimonio porque la desinversión que conlleva la venta se repone, en el plazo de dos meses, con la adquisición de esos valores homogéneos.

    Términos asociados

    Minusvalías

    Perdida de valor que se produce por la diferencia entre el precio de compra y el menor precio de venta. ...

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