Un plan de pensiones es un producto de ahorro, similar a un seguro a largo plazo, diseñado para garantizar un capital o unas rentas en el momento de la jubilación del titular. Este complemento a nuestra jubilación tiene como principal atractivo las ventajas fiscales.Contratar un plan de pensiones puede suponer un importante ahorro fiscal de hasta el 43% y aunque con la entrada de la nueva ley del IRPF el pasado 1 de enero se eliminó la reducción del 40% si se cobraba el plan en forma de capital, se han incentivado los cobros en forma de rentas vitalicias. Además, las aportaciones máximas deducibles se han incrementado hasta los 10.000 euros anuales ó el 30% de las rentas del trabajo, aumentando hasta 12.500 euros para los mayores de 50 años siempre que esta cantidad no supere el 50% de dichas rentas.Antes de contratar un plan de pensiones debemos tener en cuenta varios aspectos. Primero, el plan no asegura una rentabilidad mínima y, en ocasiones, podemos no obtener rentabilidad o tener rentabilidades negativas. Segundo, es un producto exento de liquidez y no podemos disponer del capital invertido o acumulado hasta que nos jubilemos. No obstante, podemos realizar una serie de ajustes y disposiciones durante la vigencia de la póliza en caso de necesidad. Por ejemplo, el asegurado puede trasladar la cantidad acumulada de un fondo de pensiones a otro cuando lo estime oportuno. Esto nos permite llevar nuestro dinero al fondo que consideremos más adecuado en cada momento. Por otra parte, la frecuencia de las aportaciones puede ajustarse a nuestras necesidades y realizarse mensual, trimestral, semestral o anualmente. También podemos hacer ingresos extraordinarios o paralizar la realización de aportaciones, de tal modo que el capital reunido hasta esa fecha seguirá rentabilizándose de cara a nuestra jubilación.Al vencimiento de la póliza la compañía de seguros nos dará a elegir entre distintas opciones: disposición total del capital, disposición de capital y una renta o disposición de una renta temporal o vitalicia. En caso de fallecimiento del titular sus herederos legales o los beneficiarios que haya establecido obtendrán la totalidad del dinero acumulado.Por último, recuerda que existen planes de pensiones que incluyen coberturas por desempleo y permiten solicitar, con cargo al capital acumulado, una determinada renta mensual que posteriormente deberemos devolver.Marta Arabaolaza. Estrategias de Inversión.