MADRID, 07 MAR. (Bolsamania.com/BMS) .- El Banco de España (BdE) dispone de un mes para modificar el tratamiento de la deuda refinanciada por los bancos en base a la reforma de la ley concursal que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros. Después de que el verano pasado el supervisor endureciera la clasificación de los refinanciados para que las entidades dotaran más provisiones, ahora el Gobierno le pide que la deuda refinanciada bajo esta reforma se califique como “al corriente de pago” y permita así liberar provisiones.

Con los datos sobre las provisiones ya remitidos al Banco Central Europeo (BCE) para los tests de estrés, ahora las entidades que refinancien no estarán sometidas a una clasificación tan estricta. Según fuentes del Ministerio de Economía, la decisión de reformar esta ley tan tarde se debe a que primero había que reestructurar el sistema financiero.

Si con la recapitalización de la deuda de las empresas los bancos superan el 30% de participación en la compañía, no estarán obligados a lanzar una OPA, tal y como exige la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

M.G.