Quabit Immobiliaria celebraba ayer su Junta General de Accionistas en la que Félix Abánades, presidente de Quabit, explicaba que el objetivo de la inmobiliaria es "convertirnos de nuevo en una de las grandes promotoras del país gracias: al compromiso y la implicación de todos los que formamos el Consejo de Administración; al trabajo y profesionalidad de todas las personas que forman el equipo de Quabit, a los que animo a continuar manteniendo el nivel de exigencia y esfuerzo necesarios para continuar creciendo y cumpliendo los objetivos del Plan de Negocio; y, por supuesto, gracias a los accionistas".

Durante la reunión, Quabit confirmó que mantiene el objetivo de alcanzar "la velocidad de crucero en el año 2022" con la entrega de 2.700 viviendas anuales, y superar los 600 millones de euros de facturación y los 70 millones de EBITDA anuales. "A corto plazo, dentro de nuestros planes está entrar en beneficios operativos recurrentes desde el cuarto trimestre de este mismo año. Y el ejercicio 2020 será el primero con beneficios operativos recurrentes en su totalidad. En este sentido, la política de dividendos de la compañía se mantiene en un 40% de Pay-Out, y está previsto que un primer dividendo pueda pagarse a finales de 2020 a cuenta de los resultados de ese ejercicio", explicaban Félix Abánades.

Respecto a la cotización, el presidente de Quabit apuntaba que en general, a pesar de que sus planes de negocio avanzan en línea con las previsiones realizadas, y a pesar también de la fortaleza y crecimiento del sector, no están reaccionando positivamente en el mercado. "Los inversores tienen que entender que nuestra actividad tiene un periodo mínimo de maduración de tres años, desde el momento en que realizamos la inversión en un suelo hasta que se entregan las viviendas. El negocio promotor necesita tiempo y requiere paciencia. Nuestros inversores deben de estar confiados porque las bases de Quabit son sólidas y el ciclo actual se mantiene claramente alcista, y así seguirá durante los próximos 4 o 5 años".

Durante la Junta de Accionistas de ayer, celebrada en segunda convocatoria, se examinaron y aprobaron los siguientes puntos:

- Examen y aprobación de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de Quabit Inmobiliaria, así como de la propuesta de aplicación de resultados y de la gestión social, del ejercicio 2018. 

- Aprobación con carácter consultivo del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros al que se refiere el artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital, ratificando, entre otras cuestiones, las cantidades abonadas durante el ejercicio anterior de conformidad con el contenido de dicho informe y aprobación de la retribución del Consejo de Administración de la Sociedad para el ejercicio 2019.

- Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias, directamente o a través de sociedades del Grupo, de acuerdo con los límites y requisitos del artículo 144 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, dejando sin efecto la parte no utilizada por la autorización acordada por la Junta General de Accionistas de 28 de junio de 2018.

- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de aumentar el capital social, durante un plazo de cinco años, hasta la cantidad máxima correspondiente al 20% del capital social de la Sociedad en la fecha de la autorización, en una o varias veces, en la cuantía que éste decida, mediante la emisión: (i) de nuevas acciones con o sin voto, ordinarias o privilegiadas, incluyendo acciones rescatables, o de cualquier otro tipo de las permitidas por la Ley; y (ii) de valores de renta fija simples, y/o convertibles o canjeables en acciones de la Sociedad (incluyendo warrants u otros - 3 - instrumentos de naturaleza análoga) y facultando expresamente para modificar las condiciones de las emisiones de resultar ello necesario conforme a los términos de los propios warrants o instrumentos de naturaleza análoga, todo ello con la previsión de suscripción incompleta conforme al artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital. El contenido de esta delegación incluye la facultad de modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales, así como, en los términos del artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en relación con dichas emisiones de acciones, todo ello con facultad de sustitución, dejando sin efecto la autorización concedida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad de 28 de junio de 2018. Se ha aprobado el acuerdo conforme al texto propuesto.

- Aprobación de la aportación de activos a una o varias sociedades de nueva constitución o ya existentes, a fin de permitir la obtención de nuevas vías de financiación de las actividades de la Sociedad.