"El compromiso de permanencia de Nefinsa está sujeto al cumplimiento de la siguiente condición: que tanto Iberia como otra sociedad que sea socio de Iberia, con una participación igual o superior al 40%, no disminuyan en su conjunto directa o indirectamente su participación por debajo del 40% de la totalidad de los derechos de voto de la sociedad resultante", se establece en el documento.

En este sentido, en el compromiso de permanencia se especifica que en el caso de incumplimiento de dicha condición, Nefinsa quedará "liberada de su obligación de permanencia", que asciende a un total de dos años a partir de la fecha de inscripción de la fusión.

Por contra, si fuera Nefinsa la que incumpliera el pacto, la compañía debería abonar a Iberia una penalización superior a los 3,5 millones de euros.

Transcurridos los dos años correspondientes, el compromiso de permanencia de Nefinsa "quedará sin efecto", así como en el caso de que alguien lanzara una Oferta Pública de Adquisición (OPA) sobre Vueling.