Así lo avanzó el secretario de Estado de Economía, David Vegara, durante su participación en el Foro Cinco Días. Vegara dijo que la iniciativa pretende ampliar "de manera considerable" las obligaciones de transparencia de las entidades que se dedican a este tipo de actividades para que los consumidores puedan conocer en todo momento las características fundamentales de los instrumentos contratados.Además, supone una unificación de los requisitos a cumplir por ciertos productos financieros (créditos al consumo e hipotecarios) para que sean los mismos independientemente de las entidades que los concendan, sea una entidad de crédito o cualquier otra empresa.En este sentido, la norma supondrá mantener la vigencia de la ley de crédito al consumo, que se aplica tanto a entidades de crédito como a empresas y extender, además, las obligaciones de las entidades de crédito a otros operadores en materia de crédito hipotecario.Principales novedadesEntre las novedades que recoge, se encuentran la regulación de la intermediación en la reagrupación de la deuda, que, según señaló Vegara, permitirá recortar los costes de búsqueda en la contratación de los créditos y dotará a los consumidores de una mayor "capacidad de negociación" frente a los prestamistas, pudiendo acceder así a mejores condiciones en los préstamos que contratan.Además, la norma establecerá la obligación de la inscripción de las empresas en los registros públicos que puedan crearse en las comunidades autónomas o en el Instituto Nacional de Consumo.La norma contempla, asimismo, obligaciones de transparencia en la información precontractual y en los precios, al tiempo que las comisiones deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos ocasionados.Asimismo, las empresas tendrán que formular al consumidor una oferta vinculante por escrito, firmada por el representante de la empresas y que, salvo circunstancias excepcionales o no imputables a la empresas, tendrá un plazo de validez no inferior a diez días hábiles.Por otro lado, se exigirá que las empresas recojan sus tarifas en un folleto y que dispongan de un tablón de anuncios en los estalecimientos abiertos al público, así como que las comunicaciones comerciales que hagan referencia al importe del crédito o indiquen el tipo de interés u otras cifras relacionadas con el coste del crédito, mencionen también la tasa anual equivalente (TAE), mediante un ejemplo representativo.
ProtecciónEn el capítulo de la intermediación, la norma contempla similares cuestiones relacionadas con la transparencia sobre precios y costes. Además, estas entidades deberán indicar, en sus comunicaciones comerciales y en su publicidad, el alcance de sus funciones y representación, precisando, concretamente, si trabajan o no como intermediarios independientes.Así, las empresas vinculadas a otras entidades no podrán percibir retribución alguna de sus clientes. Mientras que la empresas independientes sólo podrán percibir retribución cuando hayan pactado el importe de la remuneración.Asimismo, los intermediarios independientes estarán obligados a seleccionar entre los productos que se ofrecen en el mercado los que mejor se adapten a las características que el consumidor les haya manifestado, presentándoles, al menos, tres ofertas vinculantes de entidades de crédito u otras empresas sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas asesorará al consumidor.Por último, se contempla específicamente el derecho de desistimiento en los contratos de intermediación, del que el consumidor disfrutará por un período de 14 días naturales tras la formalización del contrato.Directiva de servicios
Por otro lado, Vegara avanzó que, con el fin de reducir las cargas que la intervención pública supone sobre la actividad empresarial y los ciudadanos, se encuentra en marcha la trasposición de la Directiva de Servicios, que deberá impulsar un "gran proceso de simplificación de los trámites administrativos".Así, se prevé que, a través de la ventanilla única, cualquier ciudadano podrá obtener la información y realizar las gestiones necesarias para la puesta en marcha de una actividad de servicios por vía telemática.Por otro lado, la directiva, dijo, abre la oportunidad para las empresas españolas exportadoras de servicios, especialmente para las pymes, que tienen menor capacidad que las grandes empresas para adaptarse a los diferentes entornos regulatorios de los países de la UE.