A partir de ahora no se podrán aplicar multas por difundir protestas en la red social de microblogging Twitter. Así lo ha confirmado el Ministerio del Interior, que ha modificado la nueva Ley de Seguridad Ciudadana para matizar uno de los puntos que más revuelo habían levantado entre la población.
A pesar de los cambios, la ley deja ahora una vaga cláusula que se presta a la interpretación, por lo que las autoridades podrán seguir sancionando a quienes difundan en redes sociales y medios de comunicación la convocatoria de manifestaciones y concentraciones ilegales, siempre y cuando se determine "razonablemente" que esas personas han ejercido el papel de "directores" de las protestas.
Hasta el momento, la norma contemplaba las sanciones a cualquiera que difundiera a través de las redes sociales u otros medios de comunicación manifestaciones o protestas conjuntas. Ahora, sólo serán responsables, y por lo tanto objeto de multa, los considerados inductores de los hechos perseguidos.
El texto original indica que podrán recibir sanciones "quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos puedan determinarse razonablemente que son directores de aquéllas".
J.A.M.