El balón de oxígeno lanzado por el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, a la banca, ha obtenido hoy respuesta desde el Banco de España (BdE). La institución que preside Luis María Linde ha mostrado su respaldo a la nueva legislación que permite que los activos fiscales diferidos (DTAs, por su siglas en inglés) puedan ser contabilizados como capital.

Recuerda el BdE que “la nueva normativa internacional de solvencia (CRR y CRD IV) introduce una novedad consistente en que los activos fiscales diferidos de la banca se deducen de los recursos propios computables (en concreto del core capital, CET1) por razones de prudencia”. No obstante, señala que la nueva regulación “no cambia el carácter restrictivo de la norma fiscal española, que seguirá siendo igual de exigente en la aceptación de los gastos fiscalmente deducibles; y tampoco adopta la práctica, seguida en diferentes países europeos, de devolver los impuestos pagados en años anteriores en el caso de que una empresa declare pérdidas”.

Además, específica la institución española que “la posibilidad de reintegración de los activos fiscales tiene un alcance limitado, pues no cubre todos los activos fiscales, sino únicamente aquellos que tengan la naturaleza de diferencias temporarias y hayan surgido por la dotación de provisiones para insolvencias o adjudicados, o por gastos de pensiones”.

Por último, destaca el Banco de España que la nueva regulación permitirá, por lo que se refiere a las entidades de crédito, corregir la situación de desventaja con respecto a sus homólogas europeas "garantizando el valor de una parte de los activos fiscales diferidos".

M.D.