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    Nueva Ley de vivienda

    Los nuevos requisitos para que un juez empiece un desahucio

    Actualizado a:
    Santiago Thomas de Carranza. Socio-Director de Despacho Thomás de Carranza Abogados

    La Ley de Vivienda ha incorporado numerosas modificaciones, entre ellas, las nuevas condiciones a cumplir para que un juzgado admita una demanda de desahucio y recuperación posesoria. Según lo dispuesto en los nuevos apartados 6 y 7 del artículo 439 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Disposición final quinta de la nueva Ley de Vivienda, los requisitos son tres.

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