No obstante, estarán exentos de tributar un mínimo de 2.000 millones por año y trabajador.

Hasta ahora, las indemnizaciones por despido sólo tributaban si superaban el máximo que marca la ley (los 45 días por año trabajado antes de la reforma laboral y los 33 días tras la reforma). Con la reforma fiscal, todas las indemnizaciones por despido tendrán que tributar, aunque se beneficiarán de un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado. Teniendo en cuenta esto, los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros o inferiores no tendrán que pagar a Hacienda cuando sean despedidos.

En concreto, los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros al año que vayan a recibir una indemnización por despido de 1.833 euros por año seguirán exentos de tributación. De la misma forma, todos los contribuyentes que hayan tenido sueldos inferiores a 20.000 euros seguirán disfrutando de la exención del 100% de su indemnización si son despedidos.

Los trabajadores con un sueldo de 30.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 2.750 euros por año trabajado al ser despedidos, disfrutarán de una exención del 72,72% del total tras aplicarles el mínimo exento.

Los que hayan cobrado 40.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 3.666 euros por año se beneficiarán de una exención del 54,55%, mientras que los que hayan percibido un sueldo de 50.000 euros y vayan a recibir una indemnización de 4.583 euros al año tras ser despedidos, disfrutarán de una exención del 43,64%.

Por su parte, los contribuyentes que hayan cobrado un sueldo de 100.000 euros al año y, tras ser despedidos, tengan derecho a una indemnización de 9.166 euros por año trabajado, tendrán derecho a una exención del 21,82% en la indemnización, una vez aplicada la exención.

Por último, los que hayan cobrado un sueldo de 150.000 euros por año y vayan a percibir una indemnización de 13.750 euros por año tendrán una exención final del 14,54%.