La Comisión ya ha llevado ante el Tribunal el decreto de febrero de 2005 que amplió las competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), y los requisitos impuestos a la OPA de E.ON sobre Endesa. En este último caso, el TUE dio la razón al Ejecutivo comunitario y sentenció que España estaba obligada a retirar las condiciones. El Gobierno había solicitado al Tribunal de Justicia que suspendiera la obligación de retirar las condiciones hasta que hubiera una sentencia firme que se pronunciara sobre si éstas son ilegales o no. Pero el TUE rechazó a finales de abril esta petición y dictaminó que España está obligada a eliminar los requisitos.Los requisitos que Bruselas considera incompatibles con la legislación comunitaria fueron dictados por la CNE el pasado 4 de julio y modificados en parte por el Ministerio de Industria el 19 de octubre.En concreto, la Comisión vio ilegalidad en condiciones como la obligación de mantener a Endesa como empresa independiente, incluida su marca, y su centro de toma de decisiones en España; la obligación de comprar ciertas cantidades de carbón nacional para la generación de energía; y la exigencia de conservar los sistemas de electricidad insulares dentro de Endesa. El Ejecutivo comunitario cree que tampoco se ajustan a la legislación comunitaria las limitaciones impuestas en el coeficiente de servicio de la deuda de Endesa y en la política de distribución de los dividendos de la eléctrica española.
La CE da a España un mes para retirar las condiciones puestas a la opa de Endesa
La Comisión Europea (CE) ha dado hoy a España un mes para retirar las condiciones puestas a la adquisición de Endesa por Acciona y Enel, y le ha advertido de que de lo contrario le denunciará ante el Tribunal de Justicia de la UE. Bruselas considera que estos requisitos son ilegales porque vulneran los principios de libre circulación de capitales y de mercancías y el derecho de establecimiento y porque fueron impuestos sin notificación previa, pese a que el Ejecutivo comunitario tenía competencia exclusiva para examinar esta fusión y la autorizó sin condiciones. El ultimátum a España adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si el caso llega al Tribunal, será el tercero sobre cuestiones similares.
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