En un auto del 8 de enero, al que ha tenido acceso EFE el viernes, el juez Pablo González-Carreró acepta así la petición de los administradores concursales de imponer medidas preventivas antes de que pidan la anulación de las garantías que presentó Martinsa Fadesa cuando firmó con la banca el acuerdo de refinanciación de más de EUR4.000 millones de su deuda.

El magistrado entiende que la acción de reintegración que han anunciado que interpondrán los administradores concursales "quedaría comprometida si, para entonces, alguna de las entidades financieras acreditantes hubiese logrado hacer efectivas, en pago de su crédito, alguna de las garantías cuya rescisión se persigue".

Además, señala que esta posibilidad "debe ser al menos contemplada como hipótesis de riesgo respecto a los bienes y derechos de sociedades extranjeras total o mayoritariamente participadas por Martinsa-Fadesa".

La prohibición de que la banca ejecute garantías en pago de los préstamos concedidos durante el primer año del concurso de acreedores de una empresa deudora ya está recogida en la Ley Concursal, aunque, según las fuentes consultadas, el juez ha decidido adoptar esta decisión como medida de protección.