Según recuerda Endesa las circunstancias de no vocación de permanencia en España, exclusión del ámbito de jurisdicción y pertenencia a un grupo empresarial internacional que destaca la CNE respecto a E.ON, se darán siempre que la empresa adquiriente sea extranjera, independientemente de si la ejecución de la operación afecta o no al suministro energético. Además, la eléctrica llama la atención sobre el hecho de que existen empresas extranjeras que gestionan centrales nucleares y de carbón nacional que no actúan en contra de la seguridad del suministro y que, aunque existe "la posibilidad" de que lo hagan, en ningún momento se ha convertido en una amenaza real para el mismo.
Endesa dice resolución CNE discrimina a E.ON por su nacionalidad
Endesa considera que las condiciones relativas a la venta de activos impuestas al grupo alemán E.ON por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) son "desproporcionadas", ya que no existe una amenaza real para el suministro energético, y "discriminan" a la compañía por su condición de extranjera.
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