En el comunicado anunciado en la CNMV, CriteriaCaixa declara que ha tomado en consideración las observaciones que se contienen en el informe formulado por el Consejo de Administración de Naturgy sobre el impacto de la mencionada oferta en el gobierno corporativo de esa compañía, y ha concluido que dicha oferta, tanto por su contenido como por su contexto, no ofrece satisfacción plena a los intereses de CriteriaCaixa, un inversor comprometido con el desarrollo a largo plazo de Naturgy.
En esta línea, CriteriaCaixa cuenta actualmente con el 25,9% del capital de la energética y pretende reforzar su participación hasta alrededor del 30%, lo que supone un problema más para el fondo, que pretendía alcanzar el 20,6% fijado al inicio de la oferta, cuando se tomó forma el pasado 25 de enero.
El consejo de Naturgy se pronunció el pasado viernes sobre la OPA del fondo australiano, y tras considerar "razonable" el precio de 22,07 euros que ofrece, señaló que también se deben valorar otras observaciones relativas al posible impacto de la oferta en el gobierno corporativo de la compañía, ante la intención de IFM de contar con dos consejeros dominicales sin aumentar el tamaño del consejo, lo que implicaría reducir el número de consejeros independientes.
Según la opinión del consejo de Naturgy, esto dificulta el cumplimiento de las recomendaciones de buen gobierno corporativo de la CNMV en lo relativo a número y dedicación que se espera de los consejeros independientes y llevaría a que estos dejaran de ser "claves" por sí solos en las decisiones más relevantes de la compañía.
Asimismo, indicaba en el informe que no es posible conciliar la voluntad del fondo IFM de reducir el número de independientes con la de obtener representación en las comisiones en términos equivalentes a los de otros accionistas con participaciones similares, "pues ello llevaría a incumplir la norma que exige una mayoría de independientes en la Comisión de auditoría".
Por su parte, IFM no garantiza en el folleto que no participará en la posible designación o cese de consejeros independientes, y aseguraba que cualquier cambio relevante en el gobierno corporativo, como la determinación del número de miembros del consejo y el número de independientes y su designación o cese, es una decisión que corresponde al pleno del consejo y a la junta general de accionistas "y no únicamente a la voluntad de un accionista que, aspirando a ser relevante, no ha lanzado una oferta de control".