Los bancos sistémicos se caracterizan por ser entidades de gran tamaño, importancia en el mercado y fuerte interconexión entre sí y con otros agentes financieros. Sus problemas pueden tener un fuerte impacto negativo sobre el sistema financiero internacional. Por este motivo, el FSB, junto con el Comité de Basilea, ha desarrollado reglas para reducir el riesgo de esos impactos negativos, mediante exigencias adicionales de capital, regímenes de resolución adecuados y una supervisión más intensa.

En esta lista aparecen dos entidades españolas, BBVA
y Santander, que han sido incluidas en la categoría con menor riesgo, a la que le corresponde un recargo del 1%. Las entidades incluidas en la lista tendrán que cumplir con una serie de requerimientos. En primer lugar, tendrán unos recargos de capital que serán obligatorios a partir de 2016 y se comenzarán a  aplicar de manera progresiva hasta llegar al nivel exigido en 2019. Asimismo, tendrán determinados requerimientos de resolución, que obligan a la entidad y/o a los supervisores a establecer un grupo de gestión de crisis entre el supervisor de la matriz y los de las filiales relevantes, y a desarrollar planes de recuperación y estrategias de resolución, entre otras  medidas. Por último, estas entidades estarán sometidas a una supervisión reforzada y tendrán que  cumplir una serie de exigencias en relación con la gestión de riesgos, los controles internos y la  capacidad de agregación de datos.

El Comité de Basilea identifica qué bancos son sistémicos teniendo en cuenta una serie de indicadores relacionados con su tamaño, la posibilidad de sustituir sus actividades y sus interrelaciones. La información publicada en esta ocasión incluye también la inclusión provisional de estas entidades en cada una de las cinco categorías definidas por el Comité, que permiten clasificarlas en función de su riesgo sistémico y asignarles un recargo de capital que aumenta progresivamente desde un 1% hasta un 3,5% en función de dicho riesgo.