* Porcentaje de retención aplicable, con carácter general, sin perjuicio de los casos en que no proceda práctica de retención, por razón de la naturaleza, condición o residencia fiscal del perceptor, de conformidad con lo dispuesto en la normativa reguladora vigente del Impuesto sobre la renta de las personas físicas, Impuesto sobre sociedades e Impuesto sobre la renta de no residentes.
Fecha en la que se determinan los titulares inscritos que tienen derecho a percibir el dividendo (record date): 1 de noviembre de 2017
Fecha a partir de la cual las acciones se negociarán sin derecho a percibir el dividendo (ex date): 31 de octubre de 2017.
Al estar las acciones representadas mediante anotaciones en cuenta, la percepción del dividendo se efectuará a través de las Entidades Participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., (IBERCLEAR), utilizando los medios que IBERCLEAR pone a disposición de dichas entidades.
El agente de pagos será CaixaBank, S.A. "la Caixa".