- ¿Qué es una oferta vinculante?
- ¿Qué incluye la oferta vinculante?
- No es lo mismo que la opción de compra
¿Qué es una oferta vinculante?
Según se puede leer en la propia web del Notariado de España, la oferta vinculante es:
Un documento en el que la entidad financiera refleja las condiciones y características del préstamo hipotecario que se compromete a cumplir con su cliente. Las entidades financieras la emiten una vez que el cliente haya mostrado su voluntad de contratar un préstamo hipotecario, disponga de la tasación del inmueble y se hayan efectuado las oportunas comprobaciones sobre la situación registral de la finca y la capacidad financiera del prestatario. Deben presentarla por escrito, teniendo un plazo de vigencia no inferior a 14 días naturales desde su fecha de entrega, y debe ir firmada. Aquí ya no hablamos de unas condiciones genéricas, sino que son unas condiciones únicas y exclusivas para usted, dependiendo normalmente de su capacidad financiera y del inmueble que va a hipotecar.
En definitiva, una vez que la entidad financiera ha estudiado el expediente de concesión de la hipoteca y lo ha aprobado, informa al cliente sobre las condiciones del préstamo y se ve obligada a mantener esas condiciones como mínimo durante 10 días, en la práctica suele ser un mes
¿Qué incluye la oferta vinculante?
Esta oferta debe cumplir con una formalidad legal. Por tanto, debe presentarse en el formato de la FEIN, tal como lo establece la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario de 2019. A su vez, este documento tiene que incluir una cierta información clave para que sea válido.
Así, lo que encontraremos serán aspectos como los datos de la entidad prestamista y las características del préstamo hipotecario, entre las que se encuentran el importe concedido por el banco, la duración del préstamo, el valor de tasación del inmueble, el porcentaje del préstamo sobre dicho valor y el importe total a reembolsar (incluyendo capital e intereses). A todo lo dicho, también se debe sumar otros criterios fundamentales en una hipoteca, como puede ser especificar el tipo de interés, si es fijo o variable, junto con la fórmula para su revisión y las fechas en que estas revisiones se llevarán a cabo en caso de tratarse de un interés variable.
En esta oferta vinculante también se tiene que poner con la periodicidad y número de pagos, el importe de cada cuota, las comisiones del préstamo, y la tabla de amortizaciones. Además, también deben aparecer otras obligaciones que la entidad bancaria pueda requerir al hipotecado, como puede ser contratar un seguro de vida, así como las condiciones para el reembolso anticipado, sea parcial o total.
Por último, tienen que recogerse los derechos del prestatario, el procedimiento para presentar reclamaciones y las consecuencias del incumplimiento de los compromisos vinculados al préstamo.
No es lo mismo que la opción de compra
La opción de compra se trata del derecho a comprar una finca en una fecha específica y a un precio previamente acordado es un acuerdo contractual conocido como "opción de compra". Con este derecho, el comprador se asegura poder compra la vivienda o la finca al precio acordado un año, tres o cinco años atrás. Así, es un contrato que requiere que el comprador dé una prima o señal para reservar la opción y pague una cuota mensual, que podrá descontarse total o parcialmente del precio final.
Generalmente, para asegurar la opción de compra, el interesado generalmente entrega una cantidad de dinero como adelanto, la cual se deduce del precio total de la finca si finalmente se lleva a cabo la compra, que se conoce como prima o señal. Este adelanto sirve como una señal de compromiso y garantiza que el vendedor no ofrecerá la propiedad a otra persona durante el período de la opción. Además, para el comprador también es interesante porque podrá descontar ese dinero del precio final.