¿Qué es la fiscalidad de los swaps?
Un swap es un contrato por el cual dos entidades, llamadas contrapartes, acuerdan intercambiar dos corrientes de flujos de caja, según una regla predeterminada y durante cierto período de tiempo. Dichas corrientes pueden ser ciertas o no en el momento del acuerdo, pero en todo caso en dicho pacto quedan establecidas las bases sobre las que serán calculadas. En el contenido de dicho contrato se encuentran especificados, entre otros, los siguientes puntos:
- La moneda en la que esta denominada cada corriente de flujos.
- El tipo de interés aplicable a cada corriente de flujos y la forma en la que dicho tipo de interés va a ser determinado.
Dentro del mercado internacional de swaps destacamos las siguientes modalidades:
- Swaps de tipo de interés
- Swaps de divisas
La fiscalidad es la misma que la aplicable a los futuros, opciones y warrants
La fiscalidad en la normativa española
La renta positiva o negativa que se pone de manifiesto cuando se vende tributa en el IRPF en concepto de ganancia o pérdida patrimonial. El importe de la ganancia o pérdida patrimonial se calcula por diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión.
De acuerdo con la Legislación Fiscal española vigente, el Emisor interpreta que se trata de una emisión de valores negociables que no representa la captación y utilización de capitales ajenos y que por tanto no originan rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 23 de La Ley 40/1998.
Dicha ganancia patrimonial, una vez efectuada, en su caso, la compensación mencionada, tributará a un tipo fijo del 18% (15,3% estatal más un 2,70% de gravamen complementario o autonómico, siendo este último susceptible de variación por cada Comunidad Autónoma). En el caso de que la alteración patrimonial neta del período tuviese signo negativo, su importe podrá ser compensado durante los cuatro años siguientes.
Términos asociados
Fiscalidad de activos financieros derivados
Estos instrumentos financieros son contratos atípicos, por lo que no se encuentran regulados como figura específica en n ...
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