Como cada año, todos los asalariados que tengan una renta superior a los 22.000 euros anuales están obligados a presentarla. También lo están quienes reciban rendimientos de capital mobiliario por encima de los 1.600 euros o si se poseen viviendas que generan rendimientos por encima de los 1.000 euros.

Principales novedades

A pesar de que la implementación de Renta WEB ya se hizo efectiva de forma definitiva en 2017, este año la declaración de la renta trae algunas novedades a tener en cuenta:

Nueva app: ya está disponible una nueva aplicación móvil, tanto para usuarios Android como Apple. Gracias a ella, se podrán consultar los datos fiscales y el borrador y, a partir del 4 de abril, los usuarios que tengan una declaración más simplificada podrán presentarla a través de la app de forma muy sencilla.IMPORTANTE: para poder utilizar esta aplicación se requiere registro previo en el sistema Cl@ve PIN.

No habrá envío del borrador: la Agencia Tributaria únicamente enviará los datos fiscales y las referencias.

“Le llamamos”: se activa la asistencia telefónica a través de la herramienta “Le llamamos”, por la que la Agencia Tributaria contactará con los contribuyentes en la fecha y hora que estos soliciten.

No enviarán SMS con el número de referencia: a partir de este año no se enviará un SMS con el número de referencia, sino que este se podrá ver en la misma página web.

Fechas a tener en cuenta

8 de mayo: empieza el plazo para que el contribuyente pida cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria.

27 de junio: vence el plazo para presentar la declaración de la renta en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

29 de junio: vence el plazo para solicitar la cita previa para realizar la declaración a través de todas las vías.

2 de julio: finaliza el proceso de presentación de la declaración de la renta.

¿Necesitas ampliar la información? Visita la página oficial de la renta de la Agencia Tributaria.