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    Protección al Inversor

    ¿Qué es la Protección al Inversor?

    La protección al inversor es un concepto ligado a la necesidad de que el pequeño inversor esté protegido en los mercados financieros para tratar de evitar fraudes y corruptelas que afecten a los ahorros invertidos. El inversor en estos mercados tiene a su alcance una serie de medidas de defensa de sus derechos:

    Medidas de protección al inversor

    • Medidas de protección del propio mercado, que hacen referencia a las reclamaciones que deben realizarse a los organismos rectores de los mercados que tienen creados servicios de reclamaciones. Las Bolsas de Madrid y Barcelona han dado un paso más con la creación de la figura del "Protector del Inversor", que es una vía institucional para atender las quejas y reclamaciones que los inversores formulen en relación con las operaciones que se realicen en Bolsa, así como a propósito de las actuaciones relacionadas con tales operaciones
    • Medidas de protección de carácter administrativo, en este caso se entra en el régimen disciplinario de la Ley del Mercado de Valores y su normativa de desarrollo, en donde se crea un órgano tutor de los mercados que es la Comisión Nacional del Mercado de Valores en quien recae la supervisión, inspección de los mercados de valores de la actividad de cuantas personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos y el ejercicio sobre ellas de la potestad sancionadora.

    El incumplimiento de las normas de conducta del mercado o la lesión de derechos de quienes invierten en él, pueden denunciarse a la CNMV que en su papel de "protección a los inversores" que le marca la ley, puede determinar la existencia de una infracción que dé lugar a una sanción;

    • Medidas de protección jurisdiccional, son las que hacen referencia a la reclamación judicial que tiene a su alcance el inversor.

    Cabe la alternativa de una reclamación de carácter civil, derivada de la relación jurídica existente entre el intermediario bursátil o financiero y el cliente que se enmarca en el contrato de comisión y de la responsabilidad del cumplimiento fiel por parte del comisionista – intermediario del encargo recibido del comitente – cliente.

    El incumplimiento de las instrucciones del cliente puede derivar en responsabilidad civil del intermediario que dé lugar a la iniciación de un procedimiento civil ordinario. Podría darse también una responsabilidad de carácter penal en los supuestos de estafa, apropiación indebida, maquinaciones para alterar el precio de las cosas e incluso por la utilización de información privilegiada.

    En materia bancaria se regula la protección a la clientela en la Orden de 12 de diciembre de 1989 sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las entidades de crédito (B.O.E. núm.303, de 19 de diciembre), Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios (B.O.E. núm.112 de 11 de mayo) Ley 7/1995, de 23 de marzo de crédito al consumo (B.O.E. núm.72, de 25 de marzo) y en las Circulares del Banco de España 8/1990, 13/1993, 5/1994 y 3/1996.

    Es una figura creada por las Bolsas de Madrid y Barcelona que trata de defender los derechos del inversor en dichos mercados.

    Es una vía institucional para atender quejas y reclamaciones que los inversores formulen en relación con las operaciones que se realicen en Bolsa, así como a propósito de las actuaciones de los miembros del mercado relacionadas con tales operaciones.

    Por tanto, para el inversor final, lo más inteligente es siempre invertir en productos que estén regulados y registrados en la CNMV para evitar posibles fraudes. Si bien esto no evita que pueda darse una pérdida patrimonial por la propia naturaleza del mercado, sí sirve para evitar estar expuesto a posibles fraudes o estafas piramidales, como se han dado en varias ocasiones. Ya que, aunque se luche contra ello, nunca se está libre de poder caer en una de estas trampas. Por ello, siempre es mejor invertir en productos regulados y supervisados.

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