Mientras tanto, podemos comenzar a prever implicaciones adicionales de esta batalla legal, la principal que YPF dejará de pagar dividendo y por lo tanto el grupo Petersen no podrá hacer frente a los intereses de su deuda, de modo que salvo que negocie otras opciones de financiación, el escenario más probable es que a su vez el 25,5% de YPF en poder del grupo Petersen acabe volviendo a Repsol y los bancos acreedores. También la familia Eskenazi se enfrentaría a la necesidad de refinanciar los 2.000 millones de dólares del préstamo utilizado para adquirir su participación en YPF.
Es conocida la incapacidad de YPF para hacer frente por sí misma a las inversiones de 3.000 millones de dólares anuales que realizaba Repsol y no es ninguna sorpresa que, frente al discurso oficialista, Argentina necesita fondos extranjeros para realizar las inversiones en exploración y producción. Resulta sin embargo difícil imaginar que a Argentina le vaya a resultar sencillo obtener la confianza y atraer inversores extranjeros en un contexto de expropiación. Lo más probable, ante la inseguridad jurídica y reguladora, es que el capital extranjero prefiera mantenerse al margen.
Sin duda el impacto está siendo negativo para el accionista de Repsol, quien de manera adicional al castigo en el precio de las acciones sufrirá una reducción del dividendo. Surgen dudas también sobre la participación residual de Repsol no expropiada (6,4%) y la amortización del crédito de 1.540 millones de euros al grupo Peterson, incapaz de pagar sin el dividendo de YPF. No parece conveniente para Repsol mantenerse como accionista minoritario y es probable que trate de incluir la venta de su participación residual del 6,4% en las negociaciones con el Gobierno argentino. El grupo Peterson queda en una situación comprometida que a su vez puede repercutir a Repsol con un impacto negativo de hasta 1.900 millones de euros en caso de impago del préstamo.
En cuanto al procedimiento legal que se sigue ahora en Argentina, entre los principales aspectos de la ley de expropiación dirigida contra YPF, destacar que requiere una mayoría de dos tercios para que sea aprobada, cuestión no problemática si tenemos en cuenta que a las provincias se les cederá un 49% de las acciones de la expropiación (25% de las acciones de YPF), de modo que es prácticamente seguro que el proyecto de ley saldrá adelante. En cuanto a la indemnización, la ley argentina establece que debe ser pagada en efectivo a menos se acuerde lo contrario entre ambas partes, y si no hay acuerdo se abre un procedimiento de valoración que pude acabar también en instancias judiciales argentinas, dilatando más el proceso. La ley de expropiación también establece que al tratarse de un activo de interés público se puede tomar el control público del mismo temporalmente y hasta un plazo de dos años sin que medie pago de indemnización. En cuanto a la dirección de la empresa, la situación actual es de “urgencia” e interinidad y tiene una vigencia de 30 días, posteriormente a dicho paso se nombrará de una nueva junta directiva.