MADRID, 19 MAY. (Bolsamania.com/BMS) .- La Audiencia Nacional ha declarado injustificados 156 despidos, previstos para el 2015 y 2016 del ERE de Panrico. Estiman parcialmente la demanda de Comisiones Obreras y acuerda que los despidos no se ajustaron a derecho por dos cuestiones. La primera diferir el pago de la indemnización hasta su tope legal, que serían 20 días por año y en un máximo de 12 mensualidades. Y la segunda, por extinciones de los contratos de trabajo fijados para los próximos años.

Los tiempos para realizar los despidos se estudian caso por caso, pero la causa no puede servir de justificación para despidos cuyos motivos son las previsiones económicas o argumentos causales a futuro. En este caso, “no se ofrece ninguna justificación razonable de carácter organizativo para que los 745 despidos previstos, 79 se pospongan al 2015 y 76 al 2016, por lo que debe estimarse que dichos despidos carecerían de causa o que la causa invocada en el proceso culminado a finales del 2013 habría perdido actualidad en el 2015 y el 2016, por lo que no serviría de soporte para tales decisiones extintivas”, según declara la sentencia.

Además, el tribunal considera no ajustado a derecho la decisión de abonar en diferido el pago de las indemnizaciones, ya que Panrico no acreditó que se encontrara en situación real de falta de liquidez. En ausencia de este tipo de liquidez no demostrada en cuanto pudo destinar los 30 millones de la venta de Artiach a devolución de los préstamos, habiendo retrasado injustificadamente el pago de las indemnizaciones.

La Audiencia Nacional no admite el resto de cuestiones planteadas por las partes. En el ERE de Panrico concurrieron causas económicas, pérdidas contables y productivas. La sentencia podrá ser recurrida ante el tribunal Supremo.

J.S.