Lo primero que tenemos que recordar en este sentido es la sentencia. El juzgado estima parcialmente la macrodemanda interpuesta por Adicae y ha condenado a devolver a los hipotecados las cantidades "indebidamente" abonadas desde el pasado 9 de mayo de 2013, con los intereses que legalmente correspondan.
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Por ahora la sentencia "no es aplicable directamente a todos los consumidores", ya que el único tribunal que sienta jurisprudencia es el Tribunal Supremo
Es decir, no reconoce la retroactividad total o, lo que es lo mismo, la devolución de las cantidades cobradas de más antes de esta fecha. Esta demanda, en la que están representados unos 15.000 afectados, quedó vista para sentencia en junio de 2015.
La sentencia, no obstante, puede ser recurrida en apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid dentro del plazo de veinte días desde su notificación. En cualquier caso, la mayoría de los bancos, que ya esperaban una sentencia contraria, han estado durante los últimos meses negociando con la gran mayoría de sus clientes para eliminar este tipo de cláusula.
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¿CUÁNTOS AFECTADOS HAY?
La demanda a través de la que se ha producido la sentencia ha sido llevada a cabo por Adicae, una asociación de consumidores del sector financiero que representa a 15.000 ciudadanos, aunque “seguramente acabe por extrapolarse a todos los afectados”, opina Felipe López-Gálvez, analista de Self Bank.
"Me recuerda al caso Bankia y su OPS. Cuando la entidad empezó a ver que todas las demandas eran favorables a los particulares, decidió lanzar un proceso para devolver el dinero", añade López-Gálvez.
Este experto cree que es previsible que los propios bancos para evitar gastos judiciales y mayor daño a su reputación tomen medidas para devolver el dinero, algo similar a la propuesta de Bankia con su salida a bolsa.
No obstante, la decisión del juzgado no es definitiva, y esto es importante aclararlo, recuerda la asociación de consumidores Facua, que señala que por ahora la sentencia "no es aplicable directamente a todos los consumidores", ya que el único tribunal que sienta jurisprudencia es el Tribunal Supremo. Por tanto, a partir de ahora los bancos podrán recurrir la sentencia.
¿CÓMO RECUPERAR EL DINERO?
Adicae: "Hay que dirigirse a la entidad y pedir que devuelvan el dinero cobrado de más desde 2013 y pedir que no sigan aplicando las cláusulas suelo"
En caso de que no haya recursos y estos sean desestimados, son los propios bancos los que están obligados a aplicar la sentencia y devolver todo lo cobrado desde mayo de 2013. Las entidades también deben dejar de aplicar estas cláusulas, aunque las organizaciones de consumidores recomiendan a los usuarios afectados ponerse en contacto con su banco y pedirlo, así como solicitar información sobre la devolución del dinero cobrado de más los últimos tres años.
"Lo primero que tienen que hacer los usuarios es reclamar al banco", explican desde Adicae a Bolsamanía. "Hay que dirigirse a la entidad y pedir que devuelvan el dinero cobrado de más desde 2013 y pedir que no sigan aplicando las cláusulas suelo", añaden.
La asociación ha confirmado además a Bolsamanía que va a recurrir la sentencia para solicitar que sea con retroactividad.
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