El TUE condena a España por no aplicar la norma que prohíbe las prácticas comerciales desleales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó hoy a España por no haber incorporado a su legislación nacional la norma comunitaria que prohíbe las prácticas comerciales desleales, pese a que el plazo para hacerlo venció el 12 de junio de 2007. La directiva contiene una "lista negra" de las conductas comerciales desleales prohibidas en toda la UE en cualquier circunstancia. En ella figuran, por ejemplo, los planes de venta piramidal, el suministro no solicitado, la utilización de la publicidad señuelo (cuando el producto anunciado a buen precio no está disponible) o la inclusión en una publicidad de una exhortación directa a los niños para que compren o convenzan a sus padres u otros adultos de que les compren los productos anunciados.
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