Junts ha presentado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados para la reforma integral del trabajo autónomo en la que plantea que la situación legal para cobrar el cese de actividad, conocido como el paro de los autónomos, se reconozca de manera automática, sin necesidad de acreditar la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos.

Para ello, según la propuesta de Junts, el trabajador autónomo deberá causar baja definitiva en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y cerrar definitivamente su negocio o traspasarlo en favor de un tercero.

La formación catalana señala además que, cuando el trabajador cause baja definitiva en el mencionado censo, también se le reconocerá automáticamente la situación legal de cese de actividad por la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que determinen la inviabilidad de proseguir con su actividad de forma temporal.

Se considerará que concurren dichos motivos cuando el autónomo reduzca el 50% de la jornada a los trabajadores de su negocio o suspenda temporalmente los contratos de trabajo de al menos del 50% siempre que en los dos trimestres fiscales previos a la solicitud presentados a Hacienda, el nivel de ingresos ordinarios o ventas haya experimentado una reducción del 65% de los registrados en los mismos periodos del ejercicio o ejercicios anteriores y los rendimientos netos mensuales "según criterios fiscales del trabajador autónomo", no alcancen la cuantía del salario mínimo interprofesional o la de la base por la que viniera cotizando. En estos casos no será necesario el cierre del establecimiento abierto al público o su transmisión a terceros

Estos porcentajes propuestos por Junts son inferiores a los recogidos actualmente en la Ley General de la Seguridad Social, que establece un 60% de reducción de jornada o al menos un 60% de suspensión de contratos de trabajo, así como una reducción de ingresos del 75%.

En el supuesto de trabajadores autónomos que no tengan trabajadores asalariados, Junts señala que se considerará que concurren motivos económicos cuando se mantengan deudas exigibles cuyo importe supere el 75% de los ingresos ordinarios o ventas durante los dos trimestres fiscales previos a la solicitud (150% en la ley actual), y que estos ingresos o ventas supongan a su vez una reducción del 50% respecto del registrado en los mismos períodos del ejercicio o ejercicios anteriores (75%) en la ley actual.

También plantea Junts que se reconozca automáticamente la situación legal de cese de actividad en casos de fuerza mayor que lleven al cese temporal o definitivo de la actividad económica o profesional. En estos casos, se entenderá que existen motivos de fuerza mayor en el cese temporal parcial cuando la interrupción de la actividad de la empresa afecte a un sector o centro de trabajo, exista una declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente y se produzca una caída de ingresos del 50% (75% en la normativa actual).

RESERVA MÍNIMA DE MERCADO EN CONTRATOS PÚBLICOS

En el texto de su proposición, Junts también propone modificar la Ley de Contratos del Sector Público para "corregir las barreras estructurales que dificultan el acceso de trabajadores autónomos y microempresas a la contratación pública".

"La división efectiva de los contratos en lotes, concebida como regla general y no como excepción, se configura como un instrumento esencial para favorecer la concurrencia, incrementar la competencia y permitir la participación de operadores económicos de menor dimensión en condiciones de igualdad real", argumenta Junts.

La formación catalana introduce una reserva mínima de mercado en favor de trabajadores autónomos y microempresas, mediante la asignación de un porcentaje del volumen total de contratación pública a contratos o lotes de importe reducido, adecuados a su capacidad operativa.

"Esta medida responde a la necesidad de utilizar la contratación pública como palanca de política económica, promoviendo la diversificación del tejido productivo, el emprendimiento y el desarrollo local, sin menoscabo de los principios de eficiencia, transparencia y libre concurrencia", alega Junts en el texto.

En concreto, Junts plantea que los órganos de contratación del sector público establezcan anualmente un objetivo mínimo del 10% del importe adjudicado en contratos de obras, suministros y servicios a trabajadores autónomos y microempresas, individualmente o en agrupación.

Dicha reserva se instrumentará preferentemente mediante división en lotes por especialidad y la licitación de lotes de importe reducido a través de procedimientos con publicidad y concurrencia, utilizando procedimientos simplificados cuando proceda.

Junts propone que la entidad contratante publique un plan anual de ejecución de la reserva y un informe anual de cumplimiento, con indicadores de adjudicación y, en su caso, medidas correctoras.

"NO DISCRIMINACIÓN" POR EL TAMAÑO EMPRESARIAL

La reforma planteada por el grupo catalán también incorpora el principio de no discriminación por tamaño empresarial, "evitando la imposición de requisitos administrativos o de cumplimiento que no resultan legalmente exigibles a empresas de menor dimensión", como sucede con determinadas obligaciones pensadas para grandes empresas.

Con ello, afirma Junts, se pretende reducir cargas burocráticas innecesarias, eliminar obstáculos "artificiales" a la participación y garantizar que los procedimientos de contratación pública sean "proporcionales, accesibles y adaptados a la realidad del trabajo autónomo y de las microempresas".

La reforma pretendida por Junts articula, en suma, un conjunto de medidas destinadas a reforzar la seguridad jurídica, equiparar la protección social de los autónomos con la del trabajo asalariado, modernizar el sistema de cotización, garantizar la sostenibilidad de la actividad y dar solución a las distintas casuísticas que afectan a los profesionales por cuenta propia.

El texto propone ajustes en el sistema de cotización por rendimientos reales y en los procedimientos de regularización con el propósito de acortar plazos, evitar "sobrecotizaciones prolongadas" y corregir disfunciones detectadas en la aplicación práctica, especialmente en supuestos de pluriactividad, ausencia de rendimientos declarados o modificaciones tributarias posteriores.

La norma incluye también medidas de protección que atienden a realidades específicas del trabajo autónomo, como la equiparación en el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante y la posibilidad de reincorporación progresiva tras el nacimiento y cuidado de menor.