MADRID, 19 MAR. (Bolsamania.com/BMS) .- El Banco de España tenía un mes desde el pasado 7 de marzo, pero no ha tardado ni tres semanas en pronunciarse sobre la liberación de provisiones en el marco de la reforma de la Ley Concursal. Ayer, el supervisor comunicaba a los bancos que podrán calificar como “riesgo normal” y, por tanto, liberan provisiones, los préstamos refinanciados bajo la nueva normativa de reestructuración de la deuda empresarial. Se trata, por tanto, de suavizar exigencias de provisiones de los créditos refinanciados, solo unos meses después de endurecerlas.
Los préstamos refinanciados bajo este nuevo marco “deberán ser clasificados como riesgo normal en la medida en que existan elementos objetivos que permitan concluir que resulta probable la recuperación de los importes debidos tras el acuerdo de refinanciación. Para ello, será especialmente relevante valorar el efecto que las quitas o conversiones de deuda en capital incorporadas a los acuerdos vayan a tener sobre las posibilidades de recuperación del importe debido, teniendo en cuenta los planes de negocio del sujeto obligado al pago”.
No obstante, matiza el Banco de España que “cuando exista evidencia de la insuficiencia de flujos de efectivo futuros necesarios para hacer frente a los compromisos asumidos tras el acuerdo de refinanciación, las entidades clasificarán las operaciones anteriores como riesgo distinto del normal. Sin embargo, cuando desaparezcan las causas que motivaron esa clasificación, se permitirá la reclasificación posterior de estas operaciones a una mejor categoría de riesgo”.
M.G.