Esta consulta se produce por primera vez en una Audiencia Provincial, ante la contradicción entre la legislación española y la protección del consumidor frente a cláusulas abusivas, establecida por la Comunidad Europea.

La Audiencia Provincial de Asturias ha acordado la suspensión de un recurso de apelación presentado por el BBVA en materia de ejecución hipotecaria, para elevar una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cuestiones prejudiciales derivadas de la posible contradicción entre la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/2013 de 14 de mayo y la Directiva Europea 93/13/CEE.

Es la primera vez que se produce este tipo de consulta en una Audiencia Provincial, que provoca la suspensión de las actuaciones de apelación hasta que el Tribunal de Justicia Europeo se pronuncie.

El presente caso, gestionado por el despacho Espacio Legal, viene derivado de la contratación de un préstamo hipotecario con la entidad BBVA en el año 2008, que incluía una cláusula en la que se establecían unos intereses de demora del 20% nominal anual ante el impago del préstamo, desde el día siguiente al incumplimiento y hasta el vencimiento, sin necesidad de requerimiento alguno y sin perjuicio de que el Banco pudiese declarar el vencimiento total anticipado del préstamo y de los intereses.

Tras producirse un impago de cinco cuotas, la entidad bancaria decide proceder a la liquidación del préstamo aplicando el interés del 20%. En abril de 2013 se presentó la demanda de ejecución hipotecaria en el Juzgado de Primera Instancia, en la que se declaró la nulidad de la cláusula de intereses de demora (además de las cláusulas suelo y techo) y el sobreseimiento del procedimiento.

Frente a dicha resolución BBVA formuló un recurso de apelación, solicitando la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/2013, que establece la posibilidad de modificar las condiciones de las cláusulas consideradas abusivas y no únicamente su anulación, por lo que el banco presenta una nueva liquidación de intereses al 12%.

Sin embargo, dicha ley entra en contradicción con el artículo 6.1 de la Directiva 93/137CEE por la que los jueces nacionales están obligados únicamente a dejar sin aplicación las cláusulas abusivas y no permite la modificación de las mismas. En caso contrario, si el juez nacional tiene la facultad de modificar el contenido de las claúsulas abusivas, como se deriva de la Ley española, este hecho pone en peligro el efecto disuasorio que se produce con la anulación de dichas cláusulas, poniendo en riesgo la protección del consumidor.

Ante esta situación, la Audiencia Provincial emitió una Providencia solicitando a las partes sus alegaciones ante la propuesta de elevar una consulta al Tribunal Europeo. Finalmente, una vez recibidas dichas alegaciones, La Audiencia Provincial de Asturias ha decidido suspender la apelación y elevar la consulta, hecho sin precedentes en una Audiencia Provincial.

Según Marcelino Tamargo, abogado de Espacio Legal: “La decisión de la Audiencia Provincial de Asturias sienta un precedente muy importante para la resolución de conflictos entre las Legislaciones Nacionales y las Directivas Europeas. Nos enorgullece en nombre de todos los afectados por entidades financieras  que el Tribunal tomara esa decisión para protegerles frente a las cláusulas abusivas”.

ESPACIO LEGAL

Espacio Legal es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Barcelona y Gijón. Su actividad se basa en la oferta de un completo y eficaz servicio jurídico sobre áreas de especialización en las que cuenta con amplia experiencia como: Derecho Financiero- Bancario, Penal-Económico, Fiscal y Mercantil y Civil. El despacho ha obtenido numerosas sentencias favorables en casos relacionados con SWAP, Preferentes, Subordinada, Valores, Cláusulas Suelo y en general Productos Financieros de Alto Riesgo.

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