MADRID, 09 JUN. (Bolsamania.com/BMS) .- El Ministerio de Fomento ha advertido a los usuarios de coches compartidos que no cuenten con la correspondiente autorización de que esta práctica constituye una "infracción muy grave" que puede ser sancionada con multas de entre 401 y 600 euros.

Las empresas o personas que promuevan, oferten o presten estos servicios sin contar con licencia administrativa se enfrentan a sanciones de entre 4.001 y 6.000 euros. En caso de reiteración, este importe se elevaría hasta los 18.000 euros.

El departamento que dirige Ana Pastor ha señalado, a través de un comunicado recogido por Europa Press, que estas multas están contempladas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Según la norma, las personas y empresas que realicen transporte de viajeros por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica deben contar con la autorización de la Administración.

Los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre vigilarán el cumplimiento de la LOTT "ante la aparición de anuncios en los medios y redes de comunicación en los que distintas empresas hacen pública su intención de lanzar plataformas de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo de particulares".

L.G.