Ahora que el mercado podría considerarse como ya maduro, surgen dudas sobre la conveniencia de que los particulares utilicen estos productos como vehículos de inversión y recientemente hemos escuchado y leído opiniones en el sentido de que pueden “no ser convenientes para clientes minoristas”

Lo cierto es que, en los últimos meses, los principales reguladores de cada país, han comenzado a limitar la operativa en CFDs y Forex, especialmente la protagonizada por el cliente retail.  

Como botón de muestra podemos exponer varias de las principales medidas que han implementado algunos de ellos

FCA (UK):

1) Apalancamiento máximo 50:1.

2) Si la experiencia del inversor es inferior a 12 meses, el apalancamiento máximo será 1:25.

3) Se prohíbe la promoción de bonus de bienvenida o por volumen de operaciones.

4) Se obliga a avisar taxativamente sobre el peligro de operar con estos productos.

 

AMF (Francia): Prohíbe la publicidad en Forex.

CBFA (Bélgica): Prohibición total de operar en CFDs y FX para clientes minoristas.

BAFIN (Alemania): El bróker deberá hacerse cargo de los posibles saldos negativos que incurran los clientes en su operativa.

CNMV (España): Lo considera un producto NO conveniente para el inversor minorista y el cliente que desee operarlo, deberá dar su consentimiento expreso para abrir posición en las dos primeras ejecuciones de CFDS y Forex.

Observando las diferentes medidas expuestas, podemos hacernos varias preguntas obvias sobre las que sería bueno reflexionar:

  1. ¿Son eficientes estas medidas?  
  2. ¿No debería regularse la operativa con CFDs y Forex de manera uniforme, por lo menos en los países de la UE?

En nuestra opinión, desde iBroker, las nuevas medidas tomadas, las que conciernen a nuestro regulador, estimamos que son correctas y necesarias, sobre todo porque no limita al inversor, dejándole elegir si desea operar o no, pero al considerarlo NO conveniente incide en la importancia de la formación y en el conocimiento de los riesgos inherentes del producto. Recordemos que es un producto complejo, apalancado y que se puede llegar a perder más del saldo total depositado en la cuenta del cliente.

Igualmente creemos que todas estas medidas van encaminadas también a reforzar la transparencia a la hora de emitir este tipo de productos, que es seguramente por donde la industria del brokerage encamine su futuro y que más tarde o temprano este se operen bajo el marco de un mercado regulado tal y como ocurre en los futuros, aunque si sería bueno, con la llegada de MIFID II una mayor homogeneidad entre los reguladores europeos.

Por lo tanto, y aunque se podría debatir bastante sobre cómo está cambiando el sector, y si estamos de acuerdo en las medidas de otros reguladores, lo cierto es que es un paso importante para la regulación de estos productos derivados y abre la veda para que se comercialicen de forma más transparente por parte de los emisores. A fin de cuentas, que es realmente lo que se plantea, la protección al inversor minorista saldrá reforzada.