Según las mismas fuentes, este hecho diferencia el caso de la compañía que controla y preside Fernando Martín de otras suspensiones de pagos en las que Iure también se ha personado, como son Llanera y Seop, entre otras.Iure recordó sin embargo que una vez que el Juzgado número 1 de los Mercantil de A Coruña dicte la suspensión de pagos, los proveedores que tengan en ese momento cobros pendientes puede que no los perciban hasta que la administración concursal no decida como se atienden las deudas de la compañía. En este sentido, destacó que las empresas proveedoras del sector constructor e inmobiliario cobran en un plazo medio de unos 180 días.