Cesión de títulos para su aplicación a las operaciones de venta con crédito al mercado a cambio de un determinado interés. El préstamo de valores para operaciones con crédito al mercado está regulado con carácter general por la Orden Ministerial de Economía y Hacienda de 25 de marzo de 1991 y, para las instituciones de inversión colectiva específicamente, por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 31 de julio de 1991. El préstamo de valores se documenta mediante un contrato en el que deberá identificar los valores objeto del mismo, a través de su referencia de registro, indicando expresamente su afectación a dicho uso y la duración del préstamo.
Préstamo de Valores
María Mira.
MFIA, Analista fundamental de Estrategias de Inversión
Últimas Noticias
Wall Street podría despegar: ¿El S&P 500, a los 8.000 puntos este año?
Dow Jones sube al cierre entre las tensiones geopolíticas e inflacionarias
El Ibex 35 choca de nuevo con sus máximos y se desinfla por debajo de los 18.200 puntos
Rivian bajo la investigación de la NHTSA
Mapfre cierra exitosamente la recompra de bonos subordinados por valor de 339,8 millones de euros