¿Qué figuras parabancarias han aparecido para ayudar a las empresas a captar financiación?
En los últimos tiempos, orientado a las medianas empresas, ha surgido el MARF, el mercado de alternativo de renta fija, y el MAB, el mercado alternativo de renta variable, que han dado algún que otro susto porque están momentos iniciales, pero que puede tener un recorrido importante. Además, no podemos olvidarnos de otras figuras como el “capital semilla” o el “capital riesgo” o los fondos de inversión.

¿Qué peso suponen en el mundo de la financiación empresarial estas nuevas vías frente a la tradicional financiación bancaria?
En EEUU la financiación bancaria sólo supone un 20% del total, mientras que en Alemania y Francia supone un 60% y en España un 80%. Esto quiere decir que, culturalmente, tanto los inversores, como los demandantes de crédito, tienen una cultura distinta.

¿Cuáles son las dificultades legales que encuentra un inversor particular a la hora de canalizar su ahorro hacia las empresas emprendedoras?
Básicamente se encuentra con un mercado estructurado que le puede ofrecer vehículos de inversión definidos y una liquidez en línea con lo que ellos se plantean. Por eso, todo este tipo de financiación está dirigida a fondos y family office.

¿Cuál es el límite de inversión vía cowdfunding para inversores no acreditados?
En base a lo que es la futura legislación que esperamos que salga en abril o mayo, estaríamos hablando de unas limitaciones de 3.000 euros por proyecto de inversión, con un máximo de 10.000 euros anuales en todas las plataformas de inversión. Esto en el caso de una persona que tenga una renta inferior a 50.000 euros o un capital financiero inferior a 100.000 euros.

¿Con qué vehículos de inversión cuentan los minoristas para canalizar esta inversión?
Una vez que estas plataformas financieras de crowdlending estén correctamente reguladas, podrán participar en préstamos como en participaciones en el capital de las compañías.

¿Existe actualmente un correcto y completo marco regulatorio del crowdfunding que ampare tanto a los inversores como a las empresas?
En estos momento estamos esperando el Proyecto de Ley de financiación empresarial en el que se contemplará específicamente todas las empras de crowdlending y crowdequity, es decir, participaciones de préstamos o capital

¿Qué modelos de inversión en crowdfunding podemos copiar de otros países?
No hay duda de que el ejemplo a seguir es el Reino Unido, donde este tipo de mercados se ha desarrollado planamente. La Universidad de Cambridge desarrolló un estudio de sobre el crowdlending en Europa y nos encontramos con que las diferencias son enormes, pero tenemos que ser conscientes de las cifras de las que hablamos. Es decir, en Reino Unido hablamos de un mercado en desarrollo, pero que sí permite generar 1.500 millones de euros. Si estamos hablando de Suecia, Alemania estamos hablando de 100-140 millones de euros, mientras que en España hablamos de 60 millones. Sí que es cierto que estamos hablando de un mercado basado en plataformas digitales y que, con la nueva tipología de inversiones con acceso al mercado digital, puede preverse que en los próximos años tendrá un crecimiento exponencial.