El BCE aprecia las disposiciones para el intercambio de información establecidas en la propuesta para el nuevo artículo 27 de la regulación, dijo en una opinión legal fechada el 19 de noviembre, pero publicada en el sitio web del banco el martes.

Sin embargo, el Banco Central Europeo recomienda que esta disposición asegure expresamente el acceso del SEBC (Sistema Europeo de Bancos Centrales) y el BCE, así como de las autoridades específicas de los estados miembros, a la información relevante para el ejercicio de sus tareas estatutarias, agregó.