MADRID, 07 ABR. (Bolsamania.com/BMS) .- La deducción por la compra de vivienda se eliminó en 2013; sin embargo, todavía sigue vigente para las compras anteriores por lo que, si antes del 1 de enero del pasado año se adquirió una vivienda habitial, se pagaron cantidades para su construcción, ampliación o rehabilitación, así como se realizaron obras por razones de discapacidad en la vivienda habitual, se puede aplicar.

Aclaran los expertos de Bankinter que para aplicar esta deducción es necesario que el declarante haya aplicado esta deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores, “salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores”.

Hay que destacar también que cuando la deducción es por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual o por razones de incapacidad, esas obras tienen que estar terminadas antes del 1 de enero de 2017 ¿Qué significa esto? Afirma Bankinter que “la deducción se puede hacer pero si la obra no está acabada en esa fecha Hacienda puede reclamar las cantidades deducidas”.

Por último, especificar que los contribuyentes que deseen y tengan derecho a aplicarse la deducción por los motivos anteriores deben de presentar la declaración del IRPF.

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M.D.