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    Oferta pública de suscripción

    ¿Qué es la oferta pública de suscripción o OPS?

    Una Oferta Pública de Suscripción (OPS) es una oferta pública de venta de valores realizada a través de una ampliación de capital, en la que uno, varios, o la totalidad de los accionistas renuncian al ejercicio del derecho de suscripción preferente. Esta operación la pueden realizar tanto empresas cotizadas como no cotizadas, y en ambos casos se diluye la participación de los antiguos accionistas.

    En general, la finalidad para ambas es la captación de fondos que les permita acometer nuevos proyectos, y en el caso de las no cotizadas, alcanzar además el requisito de difusión accionarial exigido para acceder al mercado. Cuando una sociedad decide realizar una OPV u OPS dirigida al público en general, es obligatorio registrar en la CNMV un folleto informativo. En él se ofrece al inversor una información completa sobre la colocación de los valores, la entidad emisora, su situación económico- financiera, su estructura social y organizativa, así como la política prevista de dividendos.

    Además, por la importancia de la operación, el folleto incluye un capítulo 0 en el que se describen los riesgos financieros del emisor, los riesgos del negocio, los riesgos propios de la operación, y en su caso, el plan de negocio elaborado por los administradores.

    Por tanto, es importante que el inversor lea detenidamente la información que se pone a su disposición en el folleto informativo, en especial la referida a los riesgos y advertencias contenidas en el capítulo 0 y en el tríptico resumen del mismo. Igualmente es conveniente familiarizarse con los mecanismos de colocación y fijación de precios; qué son las bandas, qué es el periodo de suscripción, qué es el prorrateo, etc…, así como las funciones y responsabilidades de todas las partes que intervienen en la operación.

    A continuación, se describen estos conceptos: La oferta puede constar de tres tramos; minorista, institucional y empleados. El primero se dirige al pequeño inversor, y generalmente a través de éste se consigue la difusión y liquidez del valor. Por ello, es importante observar el tamaño de este tramo en relación con la Oferta y con el capital social total: a mayor tramo minorista, mayor difusión y liquidez, y mayor posibilidad de hacer oír su voz en las Juntas de Accionistas.

    En estas operaciones, el emisor o los oferentes destinan un tramo específico de la oferta para el posible ejercicio de la opción de compra, conocida habitualmente como Green shoe. El número de acciones asignado al green shoe se fija en las condiciones de la oferta, y su posible ejercicio corresponde siempre a los coordinadores de la misma. Esta opción podrá ejercerse en una o varias veces, total o parcialmente, el día de la operación —día en que se adjudican las acciones— o durante los 30 días siguientes a esa fecha. La opción se ejercita al mismo precio de la Oferta, quedando ésta ampliada en el número de acciones sobre las que se haya ejercitado efectivamente la opción de compra.

    Es importante, por último, saber diferenciar la OPV de la OPS. Ya que la primera es una Oferta Pública de Venta y la segunda, de la que estamos hablando, una Oferta Pública de Suscripción. Lo fundamental es que, en la primera, la OPV, se venden acciones que ya existían previamente. Mientras que, en la OPS se venden nuevas acciones emitidas después de haber hecho una ampliación de capital de la empresa por los motivos que sean. La CNMV recomienda, en caso de que una empresa haga una OPS, analizar los proyectos empresariales a los que irá destinado ese dinero. Ya que, estas operaciones se suelen realizar, generalmente para la captación de fondos.

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