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¿Cuál es su visión sobre la subida del gravamen hasta el 25% para los beneficios no distribuidos en SOCIMIs?

Es un asunto que todavía en fase de estudio y aún no sabemos exactamente el contenido exacto del Real Decreto. Por lo tanto, la situación es aún incierta y cambiante. Con la subida del gravamen de hasta el 25% para los beneficios no distribuidos en SOCIMIs residenciales, el Gobierno busca corregir el uso de las SOCIMI como vehículo para acumular vivienda en alquiler por parte de grandes propietarios.

En consecuencia, esta medida genera dudas de seguridad jurídica para estas sociedades que ya habían planificado su fiscalidad bajo el régimen del 15%.

¿Qué impacto puede tener esa carga fiscal sobre la oferta del alquiler en España? ¿Qué coste real tendría esa subida?

En este marco de inseguridad jurídica, existe el riesgo de que el capital institucional dirija su capital a otros “asset classes” en un momento en el que mercado necesita más oferta de residencial en alquiler.

¿Les parecería eficaz un sistema de bonificaciones escalonado según el porcentaje de vivienda asequible en cartera? 

El borrador actual tiene dos escalones: SOCIMIs que destinen al menos el 80% de sus activos a vivienda asequible verán reducido el gravamen en un 50% y, si además reinvierten el beneficio no distribuido en tres años en más vivienda asequible, la bonificación llega al 100%. Es decir, hay un salto en el 80%.

Un sistema escalonado sería más eficaz puesto que, una SOCIMI con el 79% de vivienda asequible no recibe ninguna bonificación, mientras que otra con el 80% la recibe entera. Esto evitaría generar comportamientos artificiales, puesto el límite en el 80%, la SOCIMIs podrían ajustar su cartera sólo para cruzar el umbral. Un sistema gradual reconocería ese avance parcial, no solo a los que ya están cerca del 80%.

¿De qué manera puede afectar a operaciones ya negociadas o en proceso?

Esta medida es relevante y determinante para cualquier operación en curso. El Gobierno ha aplazado hasta septiembre el Decreto de vivienda que iba a llevar al Consejo de Ministros el 28 de julio, por lo que alarga el periodo de incertidumbre. Los inversores, conocedores de esta situación, podrían pedir ajustar el precio (repricing) o introducir cláusulas de ajuste.
 
Qué tipo de inversor podría salir beneficiado?

Las beneficiadas son las SOCIMIs ya especializadas en vivienda asequible, puesto que quedan mejor posicionadas competitivamente frente a SOCIMIs residenciales de mercado libre, que ahora cargan con el 25%.
 
¿Qué alternativas proponen desde las SOCIMIs para aumentar la oferta sin poner en riesgo la inversión?

La inversión institucional necesita marcos estables a largo plazo. Un régimen de incentivos claro y permanente (bonificaciones, no penalizaciones puntuales) atraería más capital dispuesto a comprometerse con vivienda asequible. Además, también ayudaría el fomento de la colaboración público-privada en la promoción y construcción de viviendas, y permitir el uso de los remanentes de los ayuntamientos para destinarlos a inversión en vivienda asequible.
 
Si la reforma finalmente se lleva a cabo, ¿qué decisiones estratégicas van a tomar?

Hay varias palancas estratégicas que las SOCIMIs residenciales probablemente evaluarían: reestructuración de cartera hacia el umbral del 80%, adelantar la distribución de dividendos mientras dure el régimen transitorio o antes de la entrada en vigor, o incluso, desprenderse de los activos residenciales de mercado libre.
 

Las socimis denuncian que el nuevo castigo fiscal alejará la inversión en vivienda